Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2009 (08/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2009

Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de Educacion Basica Alternativa dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, cargo considerado de confianza; Que, el numeral 5) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 01 de enero de 2009, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ratto, como Director General de Educacion Basica Alternativa dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10237; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, solicito imposicion de la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10237, ubicada en la Avenida Los MORDAZA, frente a la Mz. E, Lote 2, Sector MORDAZA Industrial El Asesor (Altura Km. 7,8 de la Carretera Central), distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestacion; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 074-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion sobre bienes publicos, para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica aerea biposte para Servicio Publico de Electricidad Nº 10237, ubicada en la Avenida Los MORDAZA, frente a la Mz. E, Lote 2, Sector MORDAZA Industrial El Asesor (Altura Km. 7,8 de la Carretera Central), distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno Suelo: 7,38 m² y sus aires. Publica MORDAZA

345309-2

Designan Director Pedagogico de la Direccion General de Tecnologias Educativas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0132-2009-ED
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Pedagogico de la Direccion General de Tecnologias Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, cargo considerado de confianza; Que, el numeral 5) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece entre otras funciones de los Ministros de Estado el designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 01 de enero de 2009, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Pedagogico de la Direccion General de Tecnologias Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

31205508 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 10237 Ubicacion: distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56): Vertice A B C D Norte 8 668 798,393 8 668 796,214 8 668 794,689 8 668 796,868 Este 289 323,983 289 320,510 289 321,467 289 324,940

345309-1

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de ocupacion sobre bienes publicos a favor de concesiones de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2009-MEM/DM
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente Nº 31205508, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio.

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