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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (09/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de octubre de 2009 404198 que la documentación presentada mediante Partes Diarios Nºs 085361, 091933 y Expediente Nº 2009-0014031, cumple con lo establecido en el Reglamento citado en el considerando precedente, por lo que corresponde emitir el acto administrativo respectivo; De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el cambio de línea de inspección técnica vehicular de tipo mixta señalada en la Resolución Directoral Nº 2189-2009-MTC/15, a una de tipo liviano, modifi cándose dicho resolutivo en el sentido que la empresa FARENET S.A.C. se encuentra autorizada como Centro de Inspección Técnico Vehicular para realizar el servicio de inspección técnica vehicular, operando para ello cinco (5) líneas de inspección de tipo liviano y, manteniéndose en los mismos términos los demás extremos de la referida Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 392614-1 Autorizan a ECI AMAUTA S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2920-2009-MTC/15 Lima, 8 de septiembre de 2009 VISTOS: Los Expedientes Nºs 2009-014094 y 2009-015999, de fechas 21 de julio y 07 de agosto del presente año, presentado por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C. solicitando se otorgue autorización como Escuela de Conductores Integrales, para impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, actividades que propone realizar en el local ubicado en Calle Lima Nº 295 - Piura (Ofi cinas administrativas y aulas de enseñanza) y en Mz. B2 Lt. 01 de la Urbanización San Ramón – Piura (Clases Teóricas y Prácticas - Taller de Mecánica), y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 9093-2009-MTC/15.03 de fecha 17 de agosto de 2009 y notifi cada el 04 de setiembre de 2009 se comunicó a la empresa recurrente las observaciones formuladas a su solicitud sobre autorización como Escuela de Conductores Integrales, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles a fi n que las subsane; asimismo, mediante los Expedientes Nºs 2009-017530, 2009-019326 y 2009-019522 de fechas 19 de agosto, 03 de setiembre y 04 de setiembre del año en curso, la administrada subsana adecuadamente las referidas observaciones; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante el Reglamento, establece, en su artículo 51º los requisitos para solicitar una autorización como Escuela de Conductores; Que, con el Informe Nº 983-2009-MTC/15.03 de fecha 8 de setiembre de 2009, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, verifi cada la documentación presentada de la plana docente propuesta, se advierte que los Instructores Prácticos de Manejo Sres. Juan Alberto Aparicio Bayona y Segundo Rogelio Estrada Nunura, aparecen como instructores en el mismo cargo en la Escuela de Conductores Integrales Asociación Renacer International Sede Cajamarca y la Escuela de Conductores Integrales El Buen Conductor Sociedad Anónima Cerrada – El Buen Conductor S.A.C. respectivamente, motivo por el que se les excluye de la conformación de la plana docente autorizada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III, en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ECI AMAUTA S.A.C. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : Ofi cinas Administrativas y Aulas de Enseñanza: Calle Lima Nº 295 – Piura Clases Teóricas y Prácticas - Taller de Mecánica: Mz. B2 Lt. 01 de la Urbanización San Ramón – Piura Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. RELACION DE VEHICULOS N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 VOLVO FH6X4T N3-REMOLCADOR 9BVAS02D78E740779 D13810789A1E 2008 YI-9298 2 HINO FC4JJUA-NNL CAMION (N2) JHDFC4JJU7XX13109 J05CTF16815 2007 WGE-531 3 ASIA AM927 OMNIBUS (M3) KN2GAB9N4PK002413 D236620046BC 1996 UX-1152 4 ASIA COSMOS AM818 OMNIBUS (M3) KN2EA5019TK000574 LG000349 1996 VG-6150 5 TOYOTA CALDINA STAT.WAGON (M1) ET1965084229 5E2057201 2000 SOZ-769 Horario de Atención : Lunes a Sábado de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.