Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2009 (20/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 20 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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entidades de capacitacion y de aquellas que brindan el curso de seguridad vial y sensibilizacion del infractor, que permita lograr una fiscalizacion eficiente de las entidades autorizadas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre; y, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; DECRETA: Articulo 1.- Regimen de infracciones y sanciones aplicable a las entidades de capacitacion y de aquellas que brindan el curso de seguridad vial y sensibilizacion del infractor Las entidades de capacitacion de conductores del servicio de transporte de personas y de mercancias, autorizadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, y aquellas que brinden el curso de seguridad vial y sensibilizacion del infractor estan sujetos al regimen de infracciones y sanciones previsto para las Escuelas de Conductores; debiendoseles aplicar las infracciones de los Codigos A.3, A.4, A.5, A.7, A.8, A.9, A.10, A.11, A.12, A.13, A.14, A.15, A.16, A.22, A.24 y A.25 establecidos en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones - De las Escuelas de Conductores - del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y sus modificatorias, en el caso que incurran en dichas conductas. Articulo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Brasil y Venezuela para inspecciones tecnicas de vigilancia
RESOLUCION SUPREMA N° 059-2009-MTC
MORDAZA, 19 de octubre de 2009 VISTO: El Informe No. 601-2009-MTC/12.04 del 16 de setiembre de 2009, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 358-2009-MTC/12.04 del 15 de setiembre de 2009 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del articulo 9 de la Ley No. 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo

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