Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2010 (01/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Modificase el primer parrafo del articulo 1º del Decreto de Urgencia num. 021-2009, por el que se autoriza la creacion del Programa Especial de Reconversion Laboral (PERLAB), en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- Autorizacion para la creacion del Programa Especial de Reconversion Laboral (PERLAB) Autorizase al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a crear el Programa Especial de Reconversion Laboral (PERLAB), denominado REVALORA PERU, con el objeto de promover el empleo y mejorar la empleabilidad de los desempleados o de los trabajadores que se encuentran en riesgo de serlo, a consecuencia de la crisis internacional o por efecto de procesos de modernizacion o cambios en los sectores economicos del MORDAZA, el mismo que debera contar con los siguientes componentes: (...)" Articulo 2º.- Medida complementaria El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, mediante decreto supremo, dicta la regulacion que permita la mejor aplicacion de la presente Ley, incorporando la participacion de los representantes de los trabajadores y empleadores. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de marzo de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintun dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 476166-2

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 024-2010 DICTAN MEDIDAS ECONOMICAS Y FINANCIERAS PARA LA CREACION DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL ESTRATEGICO DE REDUCCION DE LA VULNERABILIDAD Y ATENCION DE EMERGENCIAS POR DESASTRES EN EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado conducir el Sistema Nacional de Defensa Civil ­ SINADECI, formulando y promoviendo

la implementacion de politicas, normas, planes y programas para la prevencion y atencion de desastres, con la participacion de autoridades y poblacion, a fin de proteger la MORDAZA y el patrimonio y contribuir al desarrollo sostenible del pais; Que, actualmente, vienen ocurriendo diversos fenomenos naturales que estan originando desastres de gran magnitud en diversas zonas del MORDAZA, que deterioran la calidad de MORDAZA de los pobladores y generan danos a la infraestructura publica; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone en su articulo 79º que el Presupuesto por Resultados es una metodologia que se aplica progresivamente al MORDAZA presupuestario y que integra la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion del presupuesto, en una vision de logro de productos, resultados y uso eficaz y eficiente de los recursos del Estado a favor de la poblacion, retroalimentando los procesos anuales de asignacion del presupuesto publico y mejorando los sistemas de gestion administrativa del Estado; Que, en el MORDAZA del presupuesto por resultados, los Programas Presupuestales Estrategicos se disenan para enfrentar un problema nacional, cuya resolucion esta a cargo de una o mas entidades del Sector Publico, en los diferentes niveles de gobierno, conforme lo dispone la citada Ley Nº 28411, de este modo, a traves de las Leyes Anuales de Presupuesto, se ha venido disponiendo el diseno de Programas Presupuestales Estrategicos, vinculados a los ambitos de educacion, salud, acceso a la justicia, competitividad para la micro y pequena empresa, entre otros; Que, es prioridad del Estado generar mecanismos que permitan reducir la vulnerabilidad ante peligros naturales y fortalecer la atencion de emergencias por desastres, para cuyo fin es necesario generar los mecanismos urgentes que permitan determinar resultados, productos e intervenciones en materia de prevencion y atencion de desastres, buscando fijar metas a alcanzar y determinar los recursos necesarios para conseguir tales fines; Que, considerando que actualmente se vienen presentando en el MORDAZA y en el MORDAZA situaciones de desastres naturales, es de caracter urgente y de interes nacional, dictar medidas en materia economica y financiera, orientadas a establecer el diseno e implementacion del "Programa Presupuestal Estrategico de Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres", el cual permitira la identificacion y priorizacion de intervenciones eficaces y articuladas que posibiliten una mejora en los niveles de efectividad y eficiencia del Estado en materia de prevencion y atencion de desastres; Que, asimismo, para efecto de apoyar la implementacion del referido Programa Presupuestal Estrategico en el presente ano fiscal, resulta necesario y de interes nacional autorizar al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir, con cargo a la Reserva de Contingencia, recursos a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, destinados a la asignacion de gerentes publicos regulados por el Decreto Legislativo Nº 1024 a las entidades comprendidas en el diseno, implementacion y ejecucion de las intervenciones del citado programa; De conformidad con lo establecido en el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Dispongase, como medida de caracter urgente y de interes nacional, el diseno e implementacion del "Programa Presupuestal Estrategico de Reduccion de la Vulnerabilidad y Atencion de Emergencias por Desastres", en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados. Articulo 2º.- Alcance El diseno e implementacion del Programa Presupuestal Estrategico senalado en el articulo precedente, comprende a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economia y Finanzas, al Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI y las demas entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que, en el MORDAZA de sus competencias, participen en las acciones de Defensa Civil.

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