Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2010 (01/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 3º.- Equipo tecnico

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2010

3.1 El diseno del Programa Presupuestal Estrategico a que se refiere el articulo 1º del presente decreto de urgencia, sera realizado por un equipo tecnico conformado por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economia y Finanzas. La conduccion del diseno e implementacion del Programa Presupuestal Estrategico estara a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas. 3.2 El equipo tecnico iniciara sus funciones dentro de los diez (10) dias calendario siguientes de la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 4º.- Del financiamiento 4.1 La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo a los recursos de las entidades involucradas senaladas en el articulo 2º del presente decreto de urgencia, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. 4.2 Los presupuestos de las entidades que ejecuten intervenciones en el MORDAZA del Programa Presupuestal Estrategico que se crea mediante el presente decreto de urgencia, se sujetan a la estructura funcional programatica que se determine conforme al diseno del referido programa, quedando autorizadas dichas entidades a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico necesarias con cargo a su presupuesto institucional, previa opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- De la asignacion de gerentes publicos Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir recursos, con cargo a la Reserva de Contingencia, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, destinados a la asignacion de gerentes publicos regulados por el Decreto Legislativo Nº 1024 a las entidades comprendidas en el diseno, implementacion y ejecucion de las intervenciones del Programa Presupuestal Estrategico a que se refiere el articulo 1º del presente decreto de urgencia. Articulo 6º.- Normas complementarias El Ministerio de Economia y Finanzas emitira, de ser necesario, las disposiciones que permitan la adecuada aplicacion del presente decreto de urgencia. Articulo 7º.- De la suspension Dejense en suspenso las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan o limiten la adecuada aplicacion de la presente norma. Articulo 8º.- Refrendo El presente decreto de urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 476166-3

Que, por Decreto Supremo Nº 013-2010-PCM, se declaro el Estado de Emergencia de la MORDAZA Paron, ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias que vencio el 23 de marzo del presente ano; Que, segun el Informe Tecnico Nº 009-2010INDECI/10.0 del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el MORDAZA de agua de la MORDAZA Paron se encuentra por encima del nivel MORDAZA de seguridad que es de 4,190 m.s.n.m, lo que constituye un riesgo muy alto para la poblacion de las comunidades del distrito de Caraz, de la Provincia de Huaylas, que se encuentran en la MORDAZA de influencia de la sub MORDAZA del rio Paron; Que, el Informe Nº 012-2010-ANA-DCPRH-UGRH de la Autoridad Nacional del Agua senala que producto de la operacion y regulacion de la MORDAZA Paron se ha reducido el nivel de la indicada MORDAZA a 4,192.57 m.s.n.m., es decir que aun se encuentra por encima del nivel de seguridad; Que, conforme es de verse, aun persiste la situacion de riesgo senalada por el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, razon por la cual resulta necesario mantener el Estado de Emergencia de la MORDAZA Paron y continuar con su regulacion hasta alcanzar por lo menos el nivel de seguridad establecido en la cota 4,190 m.s.n.m.; En uso de las atribuciones que confiere el Articulo 137° de la Constitucion Politica del Estado, y la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Declaratoria del Estado de Emergencia de la MORDAZA Paron. Declarese el Estado de Emergencia de la MORDAZA Paron, ubicado en el distrito Caraz, de la provincia de Huaylas y departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a ejecutar el desembalse de la mencionada MORDAZA, hasta alcanzar los niveles que garanticen la seguridad de la poblacion aledana. Articulo 2°.- Acciones a ejecutar La Autoridad Nacional del Agua, en coordinacion con la Municipalidad Provincial de Huaylas, el Gobierno Regional MORDAZA y el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, ejecutara, con cargo a su presupuesto, las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reduccion de los riesgos existentes. Estas acciones comprenden, entre otras, el desembalse regulado, la operacion y mantenimiento de la MORDAZA Paron y las acciones de supervision, para la reduccion del riesgo generado por la situacion de emergencia, durante el plazo establecido en el articulo anterior. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 476166-4

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el Estado de Emergencia de la MORDAZA Paron ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 043-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Autorizan viaje de Ministra de Economia y Finanzas a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Educacion
RESOLUCION SUPREMA N° 089-2010-PCM MORDAZA, 31 de marzo de 2010

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