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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de abril de 2010 416528 - Un (1) representante de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) - Un (1) representante de la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (AETAI) - Un (1) representante de la Asociación Peruana de Empresas Aéreas (APEA) - Un (1) representante de la Cámara de Comercio Suiza en el Perú - Un (1) representante de IATA Sucursal del Perú - Un (1) representante del Instituto de Estudios Históricos Aeroespaciales del Perú (IEHAAP) - Un (1) representante de la Federación Peruana Aerodeportiva (FEPEA) - Un (1) representante de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) - Un (1) representante de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC) La Comisión podrá invitar a especialistas del sector público y privado, para el cumplimiento de sus fines. Artículo 3º.- Designación de representantes Las entidades del Poder Ejecutivo conformantes de la Comisión, designarán a sus representantes, titulares y alternos mediante resolución ministerial de los sectores a los que pertenecen, lo cual deberá ser comunicado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones dentro del plazo de siete (7) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Las demás entidades, comunicarán mediante Ofi cio, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la designación de sus representantes titulares y alternos, en el plazo especifi cado en el primer párrafo del presente artículo. Artículo 4º.- Funciones de la Comisión Las funciones de la Comisión constituida en el artículo 1º de la presente Resolución son las siguientes: a) Elaborar un informe en el que se diseñe y proponga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el programa de actividades ofi ciales tanto nacionales como internacionales para celebrar el Centenario de la Aviación Civil del Perú. b) Realizar el seguimiento de la implementación del programa de actividades. Artículo 5º.- Presentación de Informe La Comisión deberá elaborar un informe fi nal que contendrá la evaluación de la implementación del programa de actividades, el mismo que deberá ser presentado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la culminación del programa de actividades ofi ciales. Artículo 6º.- Gastos de la Comisión La Comisión Multisectorial no ocasionará gasto alguno al Tesoro Público. Artículo 7º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RAFAEL REY REY Ministro de Defensa y Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 476166-16 Autorizan viaje de Asesora del INDECOPI a El Salvador para asistir a la Primera Reunión Anual de Monitoreo del Programa COMPAL II RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2010-PCM Lima, 31 de marzo de 2010 Vista, la Carta Núm. 0055-2010/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las actividades previstas para el presente año por el “Programa de Fortalecimiento de Instituciones y Capacidades en el Área de Políticas de Competencia y Protección al Consumidor - Segunda Fase” (Programa COMPAL II) de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), se realizará en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, del 14 al 16 de abril del 2010, la “Primera Reunión Anual de Monitoreo del Programa COMPAL II”; Que, el Programa COMPAL II, tiene por fi nalidad implementar los objetivos y necesidades identifi cadas en la Primera Fase del Programa, a fi n de otorgar asistencia técnica en las áreas de política de competencia y protección al consumidor a los países benefi ciarios los cuales son, Nicaragua, Costa Rica, El Salvador, Bolivia, Colombia y Perú, promoviendo el fortalecimiento de las capacidades de las instituciones vinculadas a dichas políticas en sus respectivos países; Que, la referida reunión tiene por objetivo central evaluar los resultados obtenidos durante el primer año de ejecución del Programa COMPAL II, así como el impacto de sus actividades; de igual manera, se abordará el planteamiento del “Componente Regional del Programa COMPAL”, destinado a fomentar la cooperación regional en cuestiones relacionadas con políticas de competencia, cuyos resultados se esperan alcanzar a los demás países benefi ciarios del programa; Que, en este sentido, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación de la señora Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño, Asesora de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI, quien en su calidad de Coordinadora Nacional del Programa COMPAL II, tiene a su cargo la presentación de los avances del Programa en el Perú y el impacto de sus actividades en los temas de competencia del INDECOPI; Que, atendiendo a que el viaje de la citada asesora resulta de interés nacional, se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Única por Uso de Aeropuerto en los que incurra, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Núm. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; el Decreto Legislativo Núm. 1033, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 047-2002- PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño, Asesora de Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, del 13 al 17 de abril del 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: