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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (10/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de agosto de 2010 423540 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales RESOLUCION JEFATURAL Nº 142-2010-J/ONPE Lima, 9 de agosto de 2010 VISTOS: El Informe Nº 078-2010-OGPP/ONPE y el Memorando Nº 1150-2010-OGPP/ONPE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 198-2010-OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales es un organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 031-2010-J/ ONPE, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Entidad; Que, con Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones- ROF, siendo modifi cado por Resolución Jefatural Nº 137- 2010-J/ONPE; Que, el literal a) del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM mediante el cual se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, establece que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal cuando éstas hayan sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; precisándose además que de darse el citado supuesto la Entidad se encontrará obligada a aprobar un nuevo CAP; Que, mediante el Informe de vistos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto eleva la propuesta del nuevo Cuadro para Asignación de Personal de la Entidad, el mismo que contiene la modifi cación de la estructura de cargos de la Gerencia de Información y Educación Electoral, Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, así como de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas; Que, habiéndose verifi cado la existencia del supuesto de aprobación de un nuevo Cuadro para Asignación de Personal conforme a la previsión establecida en el literal a) del artículo 16º del Decreto Supremo antes referido, corresponde la emisión del acto de administración correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y en uso de las facultades conferidas en el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y los literales q) y cc) del artículo 9º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE, modifi cado por Resolución Jefatural Nº 137-2010-J/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 031-2010-J/ONPE y demás disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto la modifi cación del Manual de Organización y Funciones (MOF), adecuándolo a los cargos establecidos en el Cuadro para Asignación de Personal, que se aprueban mediante la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; en el Portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 528295-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - Año 2010 de la Gerencia Regional de Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus Modifi catorias, y demás Normas Complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 12 de abril del 2010 el dictamen del Proyecto de Ordenanza Regional Nº 030-2010- GR-LL/CR relativo a aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – Año 2010 de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, presentado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y el Decreto Supremo Nº 030- 2002-PCM, que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización con la fi nalidad de mejorar el la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que mediante Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General tiene como fi nalidad establecer un régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que, a través de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo, a fi n de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Así mismo, establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar una declaración jurada ante la propia entidad y que dicho documento confi gura prueba sufi ciente de la resolución aprobatoria fi cta de la solución o iniciado. Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, Aprueban Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, ha sido emitido con la fi nalidad de permitir que los Textos Únicos de Procedimientos