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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de agosto de 2010 423528 • La doctora Lourdes Ocares Ochoa, Juez Especializado se encargará del despacho del Primer Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos. • La doctora María Cristina Jiménez León, Juez Supernumerario se encargará del despacho del Primer y Segundo Juzgado Penal Transitorios de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón. • El doctor Abel Pulido Alvarado, Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal de Carabayllo se encargará del despacho del Primer Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Carabayllo. Cuarto.- Póngase la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafón, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y de los señores magistrados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 528277-2 ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para las elecciones de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales, para las Elecciones Municipales 2010, para el Referéndum Nacional para la Aprobación o Desaprobación del “Proyecto de Ley Devolución de dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo” y Segunda Elección para Presidente y Vicepresidente Regional RESOLUCION JEFATURAL Nº 141-2010-J/ONPE Lima, 9 de agosto de 2010 VISTOS; El Informe Nº 022-2010-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral y el Informe Nº 199-2010- OGAJ/ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 30 de enero de 2010, se convocó a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 03 de octubre de 2010; Que, asimismo, mediante Resoluciones Nºs. 331- 2008-JNE y 088-2010-JNE, publicadas en el diario ofi cial El Peruano el 17 de octubre de 2008 y 13 de febrero de 2010, respectivamente, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que contribuyeron al mismo”; y dispuso como fecha defi nitiva para realizar dicha consulta popular el domingo 03 de octubre de 2010; Que, de conformidad con el artículo 5º de la Ley Nº 27683 – Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por Ley Nº 29470, para la elección del presidente y el vicepresidente del gobierno regional, se requiere que la fórmula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) de los votos validos y; si ninguna fórmula supera dicho porcentaje, se procede a una segunda elección dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos ofi ciales, en todas las circunscripciones que así lo requieran, en la cual participan las fórmulas que alcanzaron las dos más altas votaciones; Que, los artículos 176º y 182º de la Constitución Política del Perú, respectivamente, señalan que los organismos electorales tienen por fi nalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, por votación directa; siendo competencia de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, la organización de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; asimismo, según el literal c) del articulo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, es función de este organismo electoral planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo; precisándose en el literal b) del mismo artículo, la competencia de la ONPE para diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Que, el artículo 159º de la Ley Orgánica de Elecciones dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; asimismo, de conformidad con los literales f) y g) del artículo 45º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE, es función de la Gerencia de Gestión Electoral elaborar las especifi caciones técnicas de la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; así como proponer el contenido de los materiales electorales a ser utilizados en el sufragio, para su aprobación por la Jefatura Nacional; Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural Nº 123-2010-J/ ONPE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el pasado 07 de julio, se aprobó y publicó los diseños de las cédulas de sufragio, correspondientes a las elecciones convocadas para el domingo 03 de octubre de 2010; las cuales consideran el orden de ubicación de los bloques de las organizaciones políticas obtenido en el sorteo llevado a cabo con fecha 22 de junio de 2010, conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Jefatural Nº 118-2010-J/ONPE; Que, respecto a los diseños publicados, el Jurado Nacional de Elecciones ha comunicado a la entidad que a la fecha no existe ninguna impugnación u otro recurso pendiente de resolver; Que, atendiendo a los considerandos precedentes, corresponde la aprobación y publicación de los modelos defi nitivos de las cédulas de sufragio para las elecciones convocadas para el domingo 03 de octubre de 2010, estando a lo dispuesto en el artículo 168º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) y c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487, así como los literales e) y cc) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE y modifi cado a través de la Resolución Jefatural Nº 137-2010-J/ONPE; y con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia de Gestión Electoral y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;