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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de agosto de 2010 424459 LETRINAS EN EL ANEXO DE OSNO BAJA DEL CENTRO POBLADO DE SAN SALVADOR DE OSNO, DISTRITO DE TAMBO, PROVINCIA DE LA MAR - AYACUCHO” con Código SNIP N° 155651 y aprobado con RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 87-2010-MDT/A; Ofi cio Nº 036-2010-MDCH/A suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHUPAMARCA, Provincia de Castrovirreyna, Departamento de Huancavelica, con el cual alcanza el Perfi l y el Expediente Técnico del Proyecto: “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES EN GESTION COMUNITARIA DE LA LOCALIDAD DE TIPICOCHA, DISTRITO DE CHUPAMARCA - CASTROVIRREYNA - HUANCAVELICA” con Código SNIP N° 158647 y aprobado con RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 058-2010-MDCH/A; Ofi cio Nº 24-2010-MDC-A-HCO-A suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYNA, Provincia de Ambo, Departamento de Huánuco, con el cual alcanza el Perfi l y el Expediente Técnico del Proyecto: “AMPLIACION, MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE UTCUSH, DISTRITO DE CAYNA, PROVINCIA DE AMBO - HUANUCO” con Código SNIP N° 156645 y aprobado con RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 22-2010-MDC-A- HCO - A; Ofi cio Nº 549-2009-A/MDNC suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA CAJAMARCA, Provincia de Rioja, Departamento de San Martín, con el cual alcanza el Perfi l y el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES BASICAS DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. INICIAL 306 VALLE SAN LUIS - NARANJILLO, DISTRITO DE NUEVA CAJAMARCA - RIOJA - SAN MARTIN” con Código SNIP N° 121911 y aprobado con RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 370-2009-MDNC; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 546-2009-PCM de fecha 30 de diciembre de 2009 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2010 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según el Memorando de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurimac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco y San Martín han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN, y que tanto los estudios de preinversión, como los Expedientes Técnicos de los Proyectos de Inversión Pública presentados en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente declaratoria de viabilidad y aprobación respectivamente; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten diecisiete (17) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 51/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 698 374,51) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública con declaratoria de viabilidad y Expedientes Técnicos aprobados, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 23 Protección Social; Programa: 051 Asistencia Social; Sub- Programa: 0005 Planeamiento Institucional; Actividad: 1.021325 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Componente: 3.121086 Perú Repara – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: Transferencia de Recursos a entidades y la disponibilidad de recursos autorizada. Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera autorizada se efectuará conforme al Cronograma de Desembolsos, Términos y Obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de los proyectos a que hace referencia el artículo 1º y que forma parte de la presente Resolución en Anexo “A”. Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, los Gobiernos Locales citados en el Anexo “A” que cuenten con página web publicarán necesariamente en ella y aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página web, publicarán necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad el resultado de las acciones y detalle de gastos, dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2010 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros