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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de agosto de 2010 424476 literal i) del numeral 1 del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 1302-2010-TC-S2 del 01.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 44. XPANSION VIC S.A.C., Mediante Resolución Nº 1511-2010-TC-S4 de 06.08.2010, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 1309- 2010-TC-S4 del 05.07.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el literal e) numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 45. ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES UNIDOS PARA VENCER CASERIO RIO VIEJO, Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos ante la entidad o el OSCE, causal tipifi cada en el literal f) del artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27767 del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria (PRONAA), aprobado mediante Decreto Supremo Nº002-2004-MINDES, según Resolución Nº 1312-2010-TC-S4 del 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 46. PROTECCION PATRIMONIAL INTEGRAL S.A. - PROPSA, Inhabilitación por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1314-2010-TC-S4 del 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 47. CASA BLANCA SECURITY S.A.C. ( antes FORZA SEGUR S.A.C.), Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1317-2010-TC-S4 del 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 48. SERVICIOS GENERALES ECOMSE PEREZ S.R.L., Inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal establecida en el artículo 246º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, según Resolución Nº 1318-2010-TC-S4 del 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 49. PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del artículo 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por D.L. Nº 1017, así como en el numeral 1) literal b) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, según Resolución Nº 1318-2010-TC-S4 de 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 50. SERVICIOS GENERALES ECOMSE PEREZ S.R.L., Inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal establecida en el artículo 246º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, según Resolución Nº 1319-2010-TC-S4 del 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 51. SALAZAR SALCEDO; JOEL JOSE, Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1319- 2010-TC-S4 de 05.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución. 52. CENTINELA ANDS SECURITY S.A.C., Inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal establecida en el artículo 246º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, según Resolución Nº 1331-2010-TC-S1 del 08.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 53. MAS SEGURIDAD S.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1335-2010-TC-S4 del 09.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 54. PROVEEDORA 2001 S.R.L., Inhabilitación defi nitiva en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, al haberse confi gurado la causal establecida en el artículo 246º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1336-2010-TC-S3 del 09.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 55. R.A.C. MATERIALES DE CONSTRUCCION Y AFINES S.A. – RACMACO S.A., Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) literal a) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1338-2010-TC-S3 del 09.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 56. CENTRO DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL MULTIDISCIPLINARIO CAEM – SUCURSAL DEL PERU, Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1339-2010-TC-S3 de 09.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 57. DELGADO FERNANDEZ; JOSE VALERIO, Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la resolución del contrato atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 1339-2010-TC-S3 de 09.07.2010, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución.