Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2010 (15/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 15 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420611

Yanaragra y Patococha, pasando por las cumbres de los cerros MORDAZA Punta, Janca Punta, Yanashallash, Tuctococha Punta y Portachuelo Punta (cota 4578), en un punto de coordenada UTM 339 507 m E y 8 926 641 m N, punto de inicio de la presente descripcion. LIMITES DEL DISTRITO YACUS POR EL NOROESTE, NORTE Y NORESTE: Limita con las provincias Yarowilca y Huanuco. El limite se inicia en la cumbre de un cerro sin nombre, en un punto de coordenada UTM 327 465 m E y 8 897 088 m N, al Oeste del cerro Yurac Machay; continua en direccion Noreste por las cumbres de los cerros Huahuayoc Huarmi, Antahuanca, Yanatuto (cota 4253), Mongue Hunusca y Ruyrurumi, en un punto de coordenada UTM 333 115 m E y 8 937 500 m N; de alli prosigue en linea recta hasta la parte mas alta del cerro Aschacoto; continua en la misma direccion pasando por la cumbre del cerro sin nombre de cota 4255 (Huanaytuna) y luego desciende por su estribacion Este hasta intersectar el cauce de la quebrada Potaga en un punto de coordenada UTM 338 750 m E y 8 904 900 m N; continua aguas arriba por el cauce de la quebrada Potaga hasta un punto en el cauce de esta quebrada de coordenada UTM 338 900 m E y 8 904 600 m N; para luego dirigirse en direccion Sureste ascendiendo a la parte Norte del cerro Huamalli, en un punto de coordenada UTM 340 112 m E y 8 902 900 m N. POR EL ESTE Y SURESTE: Limita con el distrito Yarumayo. El limite se inicia en la cumbre del cerro Huamalli, en un punto de coordenada UTM 340 112 m E y 8 902 900 m N; se dirige en direccion Sur pasando por las cumbres de los cerros Pirush, Pucacocha y Huachangana, luego desciende hasta la naciente de la quebrada Colesragra, prosigue aguas abajo por el cauce de la quebrada Colesragra hasta la confluencia de esta quebrada en la margen izquierda del rio Yarumayo, en un punto de coordenada UTM 336 969 m E y 8 895 162 m N. POR EL SUR, SUROESTE Y OESTE: Limita con la provincia Lauricocha. El limite se inicia en la confluencia de la quebrada Colesragra en la margen izquierda del rio Yarumayo, en un punto de coordenada UTM 336 969 m E y 8 895 162 m N; se dirige en direccion Oeste por el thalweg de los MORDAZA Yarumayo y MORDAZA hasta la confluencia de la quebrada Chaquiyacu en la margen izquierda del rio MORDAZA, prosigue aguas arriba por el cauce de la quebrada Chaquiyacu hasta la confluencia de una quebrada sin nombre en un punto de coordenada UTM 330 900 m E y 8 897 100 m N; continua luego por las cumbres de los cerros Chaupijirca, Yurac Machay y un cerro sin nombre en un punto de coordenada UTM 327 465 m E y 8 897 088 m N, al oeste del cerro Yurac Machay, punto de inicio de la presente descripcion. LIMITES DEL DISTRITO YARUMAYO POR EL NORTE Y NORESTE: Limita con el distrito Quisqui (Kichki). El limite se inicia en la cumbre del cerro Huamalli, en un punto de coordenada UTM 340 112 m E y 8 902 868 m N; se dirige en direccion Este por las cumbres de los cerros Piruro, Ccorehuacanan y Augash hasta alcanzar la cumbre del cerro Toldorumi, en un punto de cota 3308; de este ultimo punto el limite desciende en direccion Sureste por la divisoria de aguas de las quebradas Paccha y Ushuanioc hasta llegar a la confluencia de la quebrada Paccha en el rio Cozo. POR EL ESTE, SURESTE SUR Y SUROESTE: Limita con los distritos San MORDAZA de Cayran y San MORDAZA de Chaulan. El limite se inicia en la confluencia de la quebrada Paccha en el rio Cozo; se dirige en direccion Suroeste por el thalweg del rio Cozo, continuando por el rio Yarumayo, hasta la confluencia de la quebrada Colesragra en la

margen izquierda del rio Yarumayo, en un punto de coordenada UTM 336 969 m E y 8 895 162 m N. POR EL OESTE Y NOROESTE: Limita con el distrito Yacus. El limite se inicia en la confluencia de la quebrada Colesragra en la margen izquierda del rio Yarumayo, en un punto de coordenada UTM 336 969 m E y 8 895 162 m N; se dirige en direccion Norte por el cauce de la quebrada Colesragra, aguas arriba, hasta su naciente y asciende a la cumbre del cerro Huachangana; luego continua por las cumbres de los cerros Pucacocha hasta la cumbre del cerro Pirush; de este ultimo punto el limite se dirige en direccion Noreste hasta alcanzar la cumbre del cerro Huamalli, en un punto de coordenada UTM 340 112 m E y 8 902 868 m N, punto de inicio de la presente descripcion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA.- Los limites territoriales de la provincia MORDAZA y los distritos que la conforman han sido trazados sobre la base de la cartografia oficial elaborada por el Instituto Geografico Nacional (IGN) a escala 1/100,000; Datum WGS84: hojas: 19-k, Tingo MORDAZA, edicion 2-IGN, serie J631; 19-I, Aguaytia, edicion 2-IGN, serie J631; 20j, La Union, edicion 2-IGN, serie J631; 20-k, MORDAZA, edicion 1-IGN, serie J631; 20-I, Panao, edicion 1-IGN, serie J631; 21-j, Yanahuanca, edicion 1-IGN, serie J631 y 21-k, Ambo, edicion 1-IGN, serie J631. SEGUNDA.- El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones correspondientes a fin de dotar de autoridades politicoadministrativas a las nuevas circunscripciones que se crean por la presente Ley. TERCERA.- En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades del distrito Yacus de la provincia MORDAZA, la administracion y la prestacion de servicios de este nivel jurisdiccional son atendidos por la Municipalidad Distrital de Margos. CUARTA.- El Poder Judicial dispone las acciones necesarias a fin de dotar al distrito que se crea por ley de las autoridades judiciales correspondientes. QUINTA.- El MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE) adopta las acciones necesarias para la eleccion de las autoridades municipales en el distrito Yacus, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley num. 26864, Ley de Elecciones Municipales. SEXTA.- Forma parte de la presente Ley la representacion cartografica de limites politicoadministrativos de la provincia Huanuco. SEPTIMA.- Deroganse las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de junio de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.