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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (15/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de junio de 2010 420626 D.C., Estados Unidos de América, del 16 de julio de 2009 al 15 de julio de 2010; Que, en la Resolución Suprema citada en el considerando precedente, no se ha previsto la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero por el período comprendido a partir del 1 de enero hasta el 15 de julio de 2010, la asignación de pasajes y el pago de la tarifa única de uso de aeropuerto para su cónyuge e hijos dependientes, ni los gastos de traslado que le corresponde, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, Artículos 8º y 11º; Que, la citada Comisión Especial en el Exterior se encuentra incluida en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de enero y febrero 2010, Anexo 01, rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, ítem 1, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 534-2009/DE/SG del 18 de diciembre de 2009; Que, la presente resolución autoritativa debe expedirse con efi cacia anticipada, al amparo de lo normado en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, considerando que la Resolución Suprema Nº 329-2009-DE/EP/S-1.a/2.1 de fecha 8 de agosto de 2009, sólo autoriza el pago de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero a favor del Coronel EP Oscar Guillermo MARIMÓN CAMPOS, por el período fi scal 2009 que culminó el 31 de diciembre pasado; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamenta los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar con efi cacia anticipada, a partir del 1 de enero de 2010, la ampliación de la autorización de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Coronel EP Oscar Guillermo MARIMÓN CAMPOS, para que continúe desempeñándose como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID) y Adjunto a la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, hasta el 15 de julio de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que corresponden de acuerdo a los conceptos siguientes: Gastos de Traslado (Ida) US$ 6,930.00 x 1 compensación Gastos de Traslado (Vuelta) US$ 6,930.00 x 2 compensación Pasajes de Ida: (en clase económica) Lima - Washington D.C., EE.UU. US$ 1,581.91 x 3 personas (Esposa y 2 hijos) Pasajes de Retorno: (en clase económica) Washington D.C., EE.UU. - Lima US$ 1,495.97 x 4 personas (Titular, esposa y 2 hijos) Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 3 personas Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamenta los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa. Artículo 4º.- El personal militar autorizado mediante la presente resolución, al término de la comisión deberá cumplir con presentar ante el titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo normado en el Artículo 10º y 11º del D.S. Nº 047-2002- PCM del 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del D.S. Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- El mencionado Ofi cial Superior durante el tiempo que permanecerá en el extranjero, pasará Lista de Revista en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 507145-11 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje del Presidente Ejecutivo del Banco de la Nación a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2010-EF Lima, 14 de junio de 2010 Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 111-2010 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión Nº 1809 de fecha 3 de junio de 2010, autorizó el viaje del señor Humberto Orlando Meneses Arancibia, Presidente Ejecutivo del mencionado Banco, para que participe en la fi rma del Convenio Marco de cooperación Interinstitucional entre la CAIXA Económica Federal y el Banco de la Nación, que se llevará a cabo el 16 de junio de 2010, en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil; Que, CAIXA, segundo mayor banco estatal brasileño, es una institución fi nanciera bajo la forma de empresa pública con personería jurídica de derecho privado, vinculada al Ministerio de Hacienda y sujeta a las normas generales, y cuya misión es actuar en promoción de la institución fi nanciera, agente de orden público y socio estratégico del Estado Brasileño; y, como inicio del proceso de integración entre el gobierno brasileño y peruano, se ha desarrollado el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, cuyo objetivo es propender el desarrollo económico, fi nanciero y social de Perú y Brasil y las relaciones de negocios entre ambos países, a través de la CAIXA Económica Federal y el Banco de la Nación; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29465, Decreto de Urgencia Nº 001-2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 302-2009-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modifi cada por Acuerdo de Directorio Nº 003- 2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Humberto Orlando Meneses Arancibia, Presidente