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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (30/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de junio de 2010 421501 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 22 JUN 2010 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 512402-3 Precisan usos permitidos de predio calificado como Otros Usos (OU) en el distrito de Villa El Salvador ORDENANZA Nº 1398 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria del Concejo del 17 de junio del 2010, el Dictamen Nº 093-2010-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LOS USOS PERMITIDOS DE UN PREDIO CALIFICADO COMO OTROS USOS (OU), EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Único.- Precisar que en el predio de propiedad de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, cuya área es de 9,086.00 m2, correspondiente al Lote 1, Mz. K-3, Parcela II del Parque Industrial del Cono Sur de Lima, Distrito de Villa El Salvador, califi cado como Otros Usos (OU), está permitido el desarrollo de actividades complementarias conexas, tales como actividades comerciales, que se integren entre ellas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 22 JUN 2010 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 512402-4 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan la vigencia del D.A. Nº 15- 2010-MSS que dispuso la modificación temporal de las condiciones de fraccionamiento señaladas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2010-MSS Santiago de Surco, 25 de junio de 2010 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS, el Informe Nº 718-2010-GAT-MSS, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, así como el Informe Nº 707-2010-GAJ-MSS, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 15-2010- MSS; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Título Preliminar, Artículo I, Segundo Párrafo, que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 41º del mismo cuerpo legal, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 15-2010-MSS, publicado el 13.06.2010, se dispone la modifi cación temporal de las condiciones de fraccionamiento, señaladas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS, modifi cado por Decreto de Alcaldía Nº 15-2009-MSS, haciéndolas más fl exibles a fi n que los contribuyentes puedan regularizar en el breve plazo su deuda tributaria ante esta Administración; Que, el artículo 7º del Decreto de Alcaldía Nº 15- 2010-MSS, estableció la vigencia del mismo desde el día siguiente de su publicación (ocurrida el 13.06.2010) hasta el 30.06.2010; sin embargo, en atención al breve plazo de su vigencia y a la respuesta favorable que viene teniendo este benefi cio, resulta pertinente prorrogar la vigencia de dicha norma, a fi n de permitir que un mayor número de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, considerando que la presente norma constituye únicamente la prórroga de un régimen que resulta benefi cioso para los contribuyentes, anteriormente aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 15-2010- MSS y debidamente publicado en el diario ofi cial El Peruano con fecha 13.06.2010, resulta innecesaria su prepublicación, al amparo de la excepción establecida en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 718-2010- GAT-MSS y el Informe Nº 707-2010-GAJ-MSS, emitidos por la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente; y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA Artículo Primero.- OBJETO Prorrogar la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 15- 2010-MSS, que dispone la modifi cación temporal de las condiciones de fraccionamiento, señaladas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 01-2005-MSS, modifi cado por Decreto de Alcaldía Nº 15-2009-MSS, hasta el 30.07.2010. Artículo Segundo.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Sistemas y Procesos, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 512367-1