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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de abril de 2011 440440 Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 240-2011-PCM/SD Lima, 31 de marzo de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2011-MMAC/PDC; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDQ de la Municipalidad Distrital Quehue; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDCH de la Municipalidad Distrital Checca; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDK de la Municipalidad Distrital Kunturkanki; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDL de la Municipalidad Distrital Langui; la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MDL de la Municipalidad Distrital Layo; el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas”; y el Informe Nº 016-2011–PCM/SD-OGI-JLMM; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 076-2008-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas”, integrada por las Municipalidades Distritales de Checca, Kunturkanki, Langui, Layo y Quehue, en la Provincia de Canas, en el Departamento de Cusco; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23°, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas” describe el siguiente objeto: a) Saneamiento básico rural, b) Protección y conservación del medio ambiente, c) Promoción y ejecución de proyectos, con participación de la inversión privada, para fomentar la competitividad en la producción agropecuaria y el empleo, d) Construcción y mejoramiento de la infraestructura vial. Que, asimismo, en el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas” se describen los siguientes objetivos: a) Promover y ejecutar, planes, programas y proyectos de alcance interdistrital, de mayor impacto y cobertura, b) Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica, dirigidos a los pequeños agricultores, c) Gestionar recursos fi nancieros para la ejecución de proyectos de conservación del ambiente, desarrollo económico, productivo, cultural y social, d) Desarrollar capacidades técnicas y profesionales de los servidores, funcionarios y autoridades políticas, de las municipalidades y de la mancomunidad municipal que la forman, en gestión pública y con enfoque territorial, e) Promover la equidad de género, igualdad de oportunidades y el liderazgo de las mujeres, f) Ejecutar proyectos de alcantarillado e instalación de letrinas en los caseríos de los distritos integrantes de la mancomunidad municipal, g) Ejecutar proyectos de infraestructura vial y agrícola, h)Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y accesos a la información, i) Fomentar los espacios de articulación y comunicación, entre autoridades y sociedad civil; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos, a fi n de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del ámbito territorial de la Mancomunidad Municipal, d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009- EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad, c) Proveer los servicios de agua potable y saneamiento básico rural, y ejecución de proyectos de alcantarillado e instalación de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad municipal, d) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, e) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente y mitigación de desastres; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas”, contiene información sobre su constitución y denominación, personería jurídica, ámbito territorial, domicilio, plazo de duración, fi nes, objeto, objetivos, funciones delegadas, órganos directivos, regímenes económicos y de personal, modifi cación, sobre disolución – liquidación, transparencia y rendición de cuentas y disposiciones fi nales; su contenido se encuentra elaborado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal y el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Altiva Canas”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Checca, Kunturkanki, Langui, Layo y Quehue, aprueban la adecuación de