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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (06/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de abril de 2011 440445 o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. --------------------------------------------------------------------------------- Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo --------------------------------------------------------------------------------- Del 16/03/2011 al 31/03/2011 313 729 534 3 681 --------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TOLEDO ARBURÚA Viceministro de Economía 624104-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión temporal a favor de ATN 1 S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados con actividades de transmisión de energía eléctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2011-MEM/DM Lima, 24 de marzo de 2011 VISTO: El Expediente Nº 24269111, sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la transmisión de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por ATN 1 S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12489576 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ATN 1 S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2061618, de fecha 21 de enero de 2011, presentó solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios sobre transmisión de energía eléctrica de la futura instalación de la Línea de Transmisión de 220 kV SE Paragsha II - SE Francoise, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la referida instalación estará ubicada en los distritos de Huayllay y Simón Bolívar, provincia de Pasco, departamento de Pasco, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 085-2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de ATN 1 S.A., que se identifi cará con el código Nº 24269111, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica de la futura Línea de Transmisión de 220 kV SE Paragsha II - SE Francoise, por un plazo de siete (07) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y que estará ubicada en los distritos de Huayllay y Simón Bolívar, provincia de Pasco, departamento de Pasco. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi gura en el Expediente, con las características que aparecen en el siguiente cuadro: Salida/Llegada de la Línea de transmisión Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de la faja de servidumbre (m) SE Paragsha II - SE Francoise 220 01 45 25 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y cumplimiento del cronograma correspondiente, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 619993-1 Otorgan autorización a Hot Rock Perú S.A. para la exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Quellaapacheta, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2011-EM/DGE Lima, 17 de marzo de 2011 VISTOS: Los Expedientes N°s. 12181109, 12181409, 12181509, 12181609, 12181709, 12181809, 12181909, 12182009, 12182109, 12182209, 12182309, 12182409, 12182509 y 12182609, organizados por Hot Rock Perú S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12399075 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para realizar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Quellaapacheta; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 1944900, de fecha 05 de diciembre de 2009, Hot Rock Perú S.A. solicitó autorización para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Quellaapacheta, ubicada en los distritos de San Cristobal, Cuchumbaya y Carumas, provincia de Mariscal Nieto,