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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de abril de 2011 440596 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Disponen la publicación de los resultados del proceso de elección de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 247-2011-PCM/SD Lima, 7 de abril de 2011 VISTOS: El Acta de Sesión Nº 06 del Comité Electoral del Proceso de Elección de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental (CCI) convocado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2011-PCM/SD, y el Informe de la Secretaría Técnica del Comité Electoral Nº 002-2011–ST-CE-CCI-MIRA. CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 5º del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, aprobado por D.S. Nº 079-2009- PCM, señala que el proceso de elección de alcaldes representantes, ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental, culmina con los resultados aprobados por el Comité Electoral, y publicados mediante Resolución de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el acápite 12.1. del numeral 12 del Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el CCI, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 052-2010-PCM/SD, señala que los resultados constarán en acta aprobada por el Comité Electoral, así como que el proceso de elección culmina con la publicación de dichos resultados, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización, en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el acápite 12.2. del numeral 12 del mismo Reglamento de Elecciones, establece que los resultados y la lista de los alcaldes asistentes a la votación se publicarán en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2011-PCM/SD, se convocó a las elecciones de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental que, en su Artículo 2º, aprobó el cronograma para este proceso electoral; señalándose que la publicación de los resultados se realizará hasta el 08 de abril de 2011; Que, mediante Acta de Vistos, el Comité Electoral del Proceso de Elección de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental (CCI) convocado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2011-PCM/SD, aprobó los resultados de las elecciones realizadas el pasado primero de abril de 2011; De conformidad con los Decretos Supremos Nº 063- 2007-PCM, Nº 079-2009-PCM, Nº 005-2011-PCM, y las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 052-2010-PCM/SD, Nº 006-2011-PCM/SD y Nº 007-2011- PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Resultados del Proceso de Elección de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental Disponer la publicación de los resultados del proceso de elección de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental, convocado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2011-PCM/SD, y aprobados por el Comité Electoral mediante acta de Vistos. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Los anexos a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, serán publicados en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob. pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 626489-1 AGRICULTURA Autorizan viaje de funcionarios y especialistas para asistir a la Decimonovena reunión del Comité de Flora que se realizará en Suiza RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0134-2011-AG Lima, 7 de abril de 2011 VISTO: El Memorándum Nº 382-2011-AG-DGFFS de fecha 27 de marzo de 2011 del Director General Forestal y de Fauna Silvestre y la Notifi cación a las Partes N° 2010/033 de fecha 04 de noviembre de 2010, de la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres- CITES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, el Perú aprobó la suscripción de la Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre - CITES, cuyo objetivo principal es la Conservación y utilización sostenible de las especies de fauna y fl ora silvestre incluidas en los Apéndices de dicha convención contra su explotación excesiva a través del comercio internacional; Que, el artículo 58° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre tiene como función ejercer la Autoridad Administrativa de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES; Que, mediante la Notifi cación del Visto, la Secretaría de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), comunica que la Decimonovena reunión del Comité de Flora tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 18 al 21 de abril de 2011; Que, en la citada reunión se tratará temas relacionados al Programa de fomento de la capacidad para el establecimiento, la aplicación de los cupos nacionales para especies del Apéndice II; los dictámenes de extracción no perjudicial; las anotaciones principalmente de Orchidaceae, Cactaceae y especies arbóreas, examen del comercio signifi cativo de especimenes de especies incluidas en el Apéndice Il, cuestiones sobre la madera de especie caoba, enmiendas de los Apéndices, entre otros temas; Que, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los