Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (15/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de agosto de 2011 448460 Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración realice las acciones necesarias, a fi n de que los Consejeros Regionales designados, cuenten con los respectivos viáticos en caso de realizar viajes de coordinación, información, etc., informando a su retorno al Pleno del Consejo Regional, sobre las acciones realizadas. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Regional de mayor circulación y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca. Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 677416-2 Autorizan al Presidente del Gobierno Regional aprobar transferencias financieras a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y de las Municipalidades Distritales de Querocotillo y Huasmín CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 042-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 4 de agosto del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de agosto del año 2011; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 28-2011- GR.CAJ-CR/COAJ-COP evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, por el que solicitan al Pleno del Consejo Regional aprobar la Transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca; por unanimidad del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en el artículo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; - Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; - Que, La Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en su artículo 39º, prescribe que “los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; - Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el artículo 42º, establece que los recursos fi nancieros distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre constituyen saldos de balance; - Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en su artículo 16º inciso 1), literal c), autorizó la realización de las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, entre los niveles de gobierno sub nacional, siempre que se haya suscrito el convenio respectivo, siendo que dichas transferencias se pueden realizar únicamente hasta el tercer trimestre del año 2011; en el inciso 2) del mismo dispositivo normativo, prescribe que, para realizar las transferencias fi nancieras en caso de gobiernos regionales y gobiernos locales, se realizará mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; - Que, mediante Ofi cio Nº 1192-2011-IN/0601 de fecha 26 de mayo del dos mil once, la Secretaria General del Ministerio del Interior Sra. María Elena Juscamaita Aranguena remite un ejemplar de la Adenda Nº 03 del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca, el Gobierno Regional Cajamarca y el Ministerio del Interior con intervención de la Policía Nacional del Perú, debidamente suscrito, siendo el objeto de dicha adenda establecer el cambio de la Unidad Ejecutora del Proyecto quedando designada como tal la Municipalidad Provincial de Cajamarca; - Que, según el Informe Nº 74-2011-GR.CAJ/GRPPAT- SGPT el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Ing. Pelayo Roncal Vargas, sugiere que para realizar la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, esta no debe tener rendiciones pendientes con el Gobierno Regional, para el proyecto que se detalla a continuación: PROYECTO MONTO MUNICIPALIDAD EJECUTORA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ESCUELA TECNICO SUPERIOR PNP CAJAMARCA S/. 500,000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA - Que mediante Ofi cio Nº 313-2011-GR.CAJ/P, de fecha 25 de julio de 2011, el Presidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca Prof. Gregorio Santos Guerrero, hace llegar al Consejero Delegado, Prof. Elzer Elera López, la documentación e información sobre Transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca; documentos a los que se adjunta la Opinión Legal y el Informe Técnico sustentatorio correspondiente. En tal sentido solicitó ponerlo a consideración del Consejo Regional, para su correspondiente aprobación; - Que, mediante dictamen Nº28-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-COP evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, de fecha 01 de agosto del año 2011, opinan favorablemente por aprobar el Acuerdo Regional sobre las Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, sustentado en informe técnico del área competente; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011- GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca Prof. Gregorio Santos Gurrero, de acuerdo a la normatividad legal vigente, apruebe mediante Resolución Ejecutiva Regional la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, siempre y cuando cumplan con los requerimientos realizados, a fi n de Liquidar los Proyectos Transferidos y no tener Rendiciones Pendientes: PROYECTO MONTO MUNICIPALIDAD EJECUTORA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ESCUELA TECNICO SUPERIOR PNP CAJAMARCA S/. 500,000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración realice los trámites correspondientes para