Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2011 (27/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de agosto de 2011

Que, en tal sentido, a fin de implementar la contratacion de profesionales altamente calificados en el Sector Publico, se hace necesario dictar una medida extraordinaria de naturaleza economica y financiera, cuya aplicacion debe realizarse de manera urgente con cargo a la Reserva de Contingencia, y de manera adecuada y coherente con la real capacidad financiera y presupuestaria del Estado; Que, de no implementarse dicha medida, se afectaria negativamente la capacidad operativa del Estado, al no poder contar con una mejor plana profesional en las entidades del Poder Ejecutivo que garantice una gestion institucional eficiente; Que, asimismo, se requiere disponer que el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico - Aplicativo Informatico", sea la herramienta operativa de gestion en materia de recursos humanos del Estado para las Entidades que se encuentran comprendidas en el ambito de aplicacion previsto en el articulo 2° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; De conformidad con lo establecido por el inciso 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Finalidad La presente MORDAZA regula la contratacion de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en las entidades publicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de merito y transparencia. Para ello, las entidades publicas del Poder Ejecutivo deben sustentar su pedido conforme a lo establecido en la presente MORDAZA, y ser autorizados por el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 2°.- Perfil minimo de los profesionales altamente calificados Los profesionales altamente calificados a que se refiere el articulo precedente deberan cumplir como minimo los siguientes requisitos: a) Contar con los requisitos minimos para el puesto; b) Contar con experiencia en gestion de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida; c) Contar con titulo profesional y/o grado academico de maestria o doctorado; y, d) No estar inhabilitado para ejercer funcion publica por decision administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada. Corresponde a la entidad publica que solicite la contratacion de los profesionales altamente calificados verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente articulo, bajo responsabilidad. Articulo 3°.- Identificacion de puestos Las entidades publicas del Poder Ejecutivo deberan identificar los puestos y a los profesionales que cumplan con los perfiles y requerimientos establecidos en la presente MORDAZA, determinando, adicionalmente, las metas y/o logros que se pretende alcanzar. Para tal efecto se tomara en cuenta lo establecido por la Ley N° 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, en lo que corresponda. Una vez efectuada dicha identificacion, las entidades deberan presentar la solicitud correspondiente, con sujecion a lo establecido en el articulo siguiente. Articulo 4°.contratacion Modalidad y criterios para la

de contratacion y la escala de montos por concepto de contraprestacion. Para dicho efecto, debera tenerse en cuenta los siguientes criterios: a) Responsabilidad, segun la magnitud de tareas, presupuesto y personal a su cargo; b) Nivel jerarquico, segun el nivel de decision y ubicacion del puesto dentro de la Entidad; y, c) Requisitos del puesto, tales como nivel de especializacion, experiencia, habilidades y competencias. Articulo 5°.- Deber de informar Las entidades publicas del Poder Ejecutivo que cuenten con personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la presente MORDAZA deberan informar trimestralmente al Ministerio de Economia y Finanzas, sobre las metas y/o logros obtenidos por dicho personal, los cuales seran debidamente difundidas. Articulo 6°.- Excepcion La contratacion de profesionales altamente calificados en el MORDAZA de la presente MORDAZA se encuentra exceptuada del monto MORDAZA establecido en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 038-2006 y el numeral 10.2 del articulo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011. Asimismo, en los casos que correspondan, dejese en suspenso lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 3° del Decreto Ley N° 25650, el primer parrafo del articulo 139° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, asi como el literal o) del articulo 16° de la Ley N° 28175 para la aplicacion de la presente norma. Articulo 7°.- Rotacion del funcionario o servidor de MORDAZA En el caso que los cargos de destino del personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la presente MORDAZA se encuentren ocupados por funcionarios o servidores de MORDAZA, corresponde la rotacion de estos a otra unidad dentro de la misma Entidad, sin afectar sus ingresos y categoria. Articulo 8°.- Financiamiento El gasto que ocasione la aplicacion de la presente MORDAZA sera financiado en el presente ano fiscal con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia. Articulo 9°.- Disposiciones complementarias Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas para que, en coordinacion con la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, emita las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion de la presente norma. Articulo 10°.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tendra vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 11°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. - La presente MORDAZA no es de aplicacion para el caso de Viceministros y Secretarios Generales. Segunda.- A partir de la vigencia de la presente MORDAZA, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, en el ambito de sus funciones, es la responsable del "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico - Aplicativo Informatico", herramienta operativa de gestion en materia de recursos humanos del Estado para las entidades que se encuentran comprendidas en el ambito de aplicacion previsto en el articulo 2° de la Ley N° 28411, Ley General

4.1. La contratacion de los profesionales altamente calificados se efectua en el MORDAZA del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico (FAG), creado por Decreto Ley N° 25650, modificatorias y complementarias. 4.2. Corresponde al administrador del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico determinar los limites

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