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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de agosto de 2011 449109 se efectúen en marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la participación de PROINVERSIÓN en el evento en mención, permitirá promocionar los proyectos priorizados por el Decreto de Urgencia Nº 001-2011 y los demás en cartera de PROINVERSIÓN; a fi n de motivar a un mayor número de inversionistas a participar en los procesos de promoción de la inversión privada de los mismos, así como reforzar la imagen del país como atractiva plaza de inversión extranjera; De conformidad con lo dispuesto en la Leyes Nºs. 27619 y 29626 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, por excepción, del señor Gustavo Ricardo Villegas del Solar, Secretario General (e) de PROINVERSIÓN, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 3 al 7 de setiembre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 520.00 Artículo 4º.- El funcionario antes indicado, en el plazo de quince (15) días calendarios contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje, que por la presente resolución se aprueba. Artículo 5º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 683133-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias para Unidades Ejecutoras a nivel nacional por servicios brindados a beneficiarios del Seguro Integral de Salud y el pago directo para acreditados al subsidio por sepelio a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 122-2011/SIS Lima, 24 de agosto de 2011. VISTOS: El Informe Nº 178-2011-SIS-GF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 293-2011-SIS/ OAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, transferencias fi nancieras que efectúa el Seguro Integral de Salud, durante el Año Fiscal 2011, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, en concordancia con lo establecido en los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles a éstas tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, de acuerdo al numeral 8.2.3 de la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el subsidio por sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS, “La Ofi cina de Administración del SIS (OA), a través de los sistemas administrativos, formalizará la operación bancaria para el pago del subsidio a través de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nación a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS”; Que, mediante Informe de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento comunica las transferencias de recursos a las Unidades Ejecutoras, correspondientes al mes de agosto de 2011, por el pago de prestaciones brindadas a los benefi ciarios del SIS, así como la programación del pago de subsidio por sepelio; Que, a través del Memorando N° 409-2011-SIS/ OGPPDO y las CCP 50, 52, 00804 y 00808, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional comunica la existencia de crédito presupuestario para atender las obligaciones informadas por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Con el visto bueno de la Secretaría General, Gerencia de Negocios y Financiamiento, Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, Ofi cina General de Administración de Recursos, y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTITRES MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29’653,520.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de agosto 2011 detallado en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 218,268.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de agosto 2011 detallado en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Aprobar el pago directo para los acreditados al subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTICINCO