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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (14/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de febrero de 2011 436138 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29626, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2011, y con Resolución de Superintendencia Nº 059-2010- SUTRAN/02 de fecha 22 de diciembre de 2010 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura – 2011 del Pliego 202 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva; y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa; Que, con el propósito de promover y apoyar la agilización y efi cacia en la toma de decisiones, a fi n de optimizar la gestión en materia presupuestal en el Pliego 202 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, resulta necesario delegar en el Secretario General de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías la facultad de aprobar la Formalización de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; De acuerdo a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Legal con informe Nº 018-2010-SUTRAN/06; y de conformidad con la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 29380 Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías y el Decreto Supremo Nº 021-2010-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Secretario General de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, durante el Ejercicio Fiscal 2011, la facultad de aprobar la Formalización de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, dentro de la Unidad Ejecutora 001 Gestión y Administración General del Pliego 202 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución de Superintendencia a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA C. MOSCOSO CABRERA Superintendenta 602225-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL