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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (15/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de junio de 2011 444689 establecido en el Artículo N° 194 de la Ley N° 27972, De Reforma Constitucional, y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades. Que, de las Ordenanzas expedidas por esta corporación edilicia durante el año 2,010, se ha observado que la Ordenanza considerada como Nº 213-A/MDC contiene error material respecto de su nomenclatura y contenido en la Primer Disposición Final que se requiere modificar por su nomenclatura correcta que es ORDENANZA MUNICIPAL Nº 213- 2010-A/MDC y la Primera Disposición Final debe figurar: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 207- 2010-A/MDC; Que, conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 200º de la Constitución Política del Estado, la Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley; siendo que, a tenor del artículo 103° de la precitada Norma Mormarun, establece que “(…) La Ley se deroga sólo por otra Ley; Que, según el Artículo 201° de la Ley N° 27444, Del Procedimiento Administrativo General, se establece la Rectifi cación de errores; siendo que el numeral 201.1 del acotado artículo de la Ley prescribe que los errores materiales o aritméticos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; así como la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Que, según el Informe N° 52-2011-GAT/MDC del Gerente de Administración Tributaria, que da cuenta del error material consignado en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 213- A/MDC, que erróneamente ha consignado el Número de otra Ordenanza, cuando lo correcto es el Número 207-2010-A-MDC. Asimismo el Memorándum N° 0337-2011-SG/MDC de Secretaría General del Concejo que la Ordenanza Municipal Nº213-A/MDC, contiene error material respecto de la nomenclatura y contenido en la Primera Disposición Final, que requiere ser modificada; y, el Informe N° 232-2011- GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal precisando que procede la rectificación del error material que se deberá efectuar a través de otra Ordenanza. Que, el inciso 8 del artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, faculta al Concejo Municipal a aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Estando a lo expuesto, con el voto UNANIME del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LA NOMENCLATURA Y DISPOSICION FINAL QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE RESIDUOS SÓLIDOS Y BARRIDO DE CALLES, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL AÑO 2,011 Artículo Unico.- Rectifíquese la Ordenanza Municipal expedida como Nº 213-A/MDC de fecha 15 de Diciembre del 2,010, mediante la cual se Aprobó LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RECOLECCION DE RESIDUOS SÓLIDOS Y BARRIDO DE CALLES, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL AÑO 2,011 de esta Corporación Edil, en los siguientes términos: Respecto de la Nomenclatura dice: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 213-A/MDC Debe decir: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 213-2010- A/MDC Respecto de la Primera Disposición Final en la parte pertinente que dice: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 209-2010-A/ MDC Debe decir: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 207-2010-A/MDC Regístrese, comuníquese y cúmplase. CLAUDIO IVÁN ZEGARRA ARELLANO Alcalde (e) 652259-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 129-2011/MLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2011-ALC/MLV La Victoria, 14 de junio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 29332, modifi cada por Decreto de Urgencia Nº 119-2009 se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, estableciendo los procedimientos y las metas que deben cumplir las municipalidades regionales y distritales del país para acceder a los recursos que otorga el Gobierno Central; Que, a fi n de dar cumplimiento a las metas de recaudación fi jadas en el citado Plan de Incentivos la Municipalidad de La Victoria emitió, entre otras disposiciones, la Ordenanza Nº 129-2011/MLV publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 5 de mayo de 2011, por la cual se aprobó el Régimen de Saneamiento Tributario Especial “RESTE” con la fi nalidad de regular y brindar un incentivo tributario a los contribuyentes del distrito, manteniendo la vigencia de las disposiciones normativas aprobadas mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2010/MLV en todo aquello que no se le oponga; Que, la Quinta Disposición Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 129-2011-MLV faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en mención o dicte las disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Asimismo, esta misma norma estableció como fecha de término de vigencia del Régimen de Saneamiento Tributario Especial “RESTE” el 15 de junio de 2011; Que, en atención a lo expuesto y tomando en cuenta que el incentivo otorgado ha sido acogido de forma positiva por los contribuyentes del distrito de La Victoria y considerando además que a la fecha se tienen garantizados los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, por cuanto la Gerencia de Rentas ha cumplido anticipadamente con la meta semestral de recaudación fi jada para la primera etapa del año 2011, se estima pertinente continuar desarrollando estrategias que contribuyan al cumplimiento de la meta anual del incremento de los niveles de recaudación de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y efi ciencia en la percepción de los mismos;