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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de junio de 2011 444690 Que, en virtud a lo manifestado la Gerencia de Rentas mediante Memorándum Nº 260-2011-GR-MLV ha propuesto la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 129-2011/MLV, contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 188-2011-GAJ/MLV; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los artículos 42º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 129-2011/MLV desde el 16 de junio hasta el 22 de julio de 2011. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a las gerencias de Rentas, de Administración Documentaria e Informática y de Imagen Institucional, de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 653180-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2011-MDR Mediante Ofi cio Nº 0271-2011-SG-MDR, la Municipalidad Distrital del Rímac solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-MDR, publicado en la edición del 11 de junio de 2011. En el Primer considerando DICE: (…) Plan de Desarrollo Local Concertado 2016 – 2014 (…) DEBE DECIR: (…) Plan de Desarrollo Local Concertado 2006 – 2014 (…) 652365-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL