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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2011 (04/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de mayo de 2011 441967 de los informes de resultados en las acciones pedagógicas de las instituciones educativas. II. OBJETIVOS • Establecer las orientaciones, procedimientos y responsabilidades del Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales, las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada (IGD) y las Municipalidades con presupuesto transferido del Programa de Municipalización de la Gestión Educativa para la difusión de resultados de la ECE-2010 a los directores, docentes y padres de familia de los estudiantes evaluados en la Instituciones Educativas (IE). • Establecer orientaciones y responsabilidades para la supervisión y monitoreo al uso de los informes de resultados en las IGD, así como en las acciones pedagógicas desarrolladas en las IE. III. ALCANCES 3.1 Ministerio de Educación (MED) - Viceministerio de Gestión Pedagógica - Viceministerio de Gestión Institucional - Secretaría General del Ministerio de Educación - Secretaría de Planifi cación Estratégica - Ofi cina de Prensa y Comunicaciones 3.2 Gobiernos Regionales 3.3 Direcciones Regionales de Educación (DRE) 3.4 Dirección de Educación de Lima Metropolitana 3.5 Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) 3.6 Municipalidades con presupuesto transferido del Programa de Municipalización de la Gestión Educativa 3.7 Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica Regular IV. BASE LEGAL 4.1. Constitución Política del Perú. 4.2. Ley Nº 28044: Ley General de Educación 4.3. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED: Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo 4.4. Decreto Supremo Nº 006-2006-ED: Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 4.5. Decreto Supremo Nº 021-2007-ED: Declaran de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo. 4.6. Decreto Supremo Nº 015-2008-ED: Autorizan al Ministerio de Educación disponer la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo. 4.7. Resolución Ministerial Nº 0220-2010-ED: Disponen la implementación y ejecución de la Evaluación Censal de Estudiantes 2010. 4.8. Resolución Ministerial Nº 0348-2010-ED: Directiva para el desarrollo del año escolar 2011 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva. V. PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABILIDADES 5.1. DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Informes de Resultados de la ECE-2010 5.1.1. La Secretaría de Planifi cación Estratégica a través de la Unidad de Medición de la Calidad Educativa (UMC), realiza el análisis de los resultados de la ECE-2010 y elabora los informes de resultados por estudiante, por IE, por Municipalidades con presupuesto transferido del Programa de Municipalización de la Gestión Educativa, por UGEL, por DRE y por Gobierno Regional. 5.1.2. El MED garantiza el traslado de los respectivos informes de resultados a cada Gobierno Regional, DRE, UGEL, Municipalidades con presupuesto transferido del Programa de Municipalización de la Gestión Educativa e IE evaluada en la ECE-2010, con la fi nalidad de que, cada actor en la instancia que le corresponde, establezca estrategias de mejora y se logren superar las difi cultades evidenciadas en los resultados y consigan los aprendizajes esperados. 5.1.3. La UMC, en coordinación con la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones del MED, diseña estrategias comunicativas y elabora propuestas de diseminación de los resultados de la ECE-2010, con la fi nalidad de difundir el uso de los informes de resultados a todos los actores. 5.2. DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Informes de Resultados de la ECE-2010 5.2.1. El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (o el que haga sus veces) y el Gerente de Desarrollo Social se reúnen con los especialistas de sus áreas para analizar el contenido del informe de resultados de la ECE-2010. La información de este informe debe ser usada solo con fi nes de brindar apoyo de mejora a las IE, sobre todo a las que presentan menores niveles de logro, y en ningún caso para hacer ranking o estigmatizaciones de las IE o docentes. 5.2.2. Elaboran un plan de supervisión y monitoreo a la DRE de su jurisdicción y conforman y responsabilizan a un grupo de especialistas para que acompañen y monitoreen la ejecución de las actividades que la DRE promueva para la difusión y uso de los resultados de la ECE-2010. 5.2.3. Supervisan y monitorean el uso de los informes en las DRE. Estos informes deben ser leídos y analizados por el Director de la DRE, los directores de gestión pedagógica e institucional y por el conjunto de especialistas que trabajan en dichas direcciones, con el fi n que adopten medidas de apoyo para la mejora de los aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica Regular de su ámbito jurisdiccional. 5.2.4. Supervisan el monitoreo que realicen las DRE a las UGEL de su jurisdicción, respecto al monitoreo que ellos a su vez realizarán a las IE en el uso de los informes de resultados de la ECE-2010. 5.2.5. Difunden a la comunidad en general los resultados de la ECE-2010 e impulsan el establecimiento de compromisos de todos los actores de la comunidad educativa, a fi n de mejorar el rendimiento estudiantil en su región. Para ello, utilizan también los afi ches y folletos informativos recibidos. 5.2.6. Sensibilizan a la comunidad en general sobre la importancia de realizar evaluaciones de rendimiento estudiantil en su jurisdicción. 5.2.7. Informan a la Unidad de Medición de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación, cualquier eventualidad que se suscite. 5.3.DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN Informes de Resultados de la ECE-2010 5.3.1.El Director se reúne con los responsables del área de gestión pedagógica, de gestión institucional, con el equipo técnico local que acompaña el PELA y con los especialistas de primaria de la DRE para analizar el contenido del informe de resultados de la ECE-2010. La información de este informe debe ser usada solo con fi nes de brindar apoyo de mejora a las IE, sobre todo a las que presentan menores niveles de logro, y en ningún caso para hacer ranking o estigmatizaciones de las IE o docentes. 5.3.2. Elaboran un plan de supervisión y monitoreo a las UGEL de sus respectivas regiones, priorizando el apoyo a aquellas que concentran a las IE con más bajos resultados en la ECE-2010. 5.3.3. Supervisan y monitorean el uso de los informes de resultados en las UGEL. Estos informes deben ser leídos atentamente por el Director de la UGEL y por el conjunto de especialistas que trabajan en la misma con el fi n que adopten medidas de apoyo para la mejora del logro de aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica Regular de su ámbito jurisdiccional. 5.3.4. Conforman y responsabilizan a un grupo de especialistas de educación primaria para que acompañe y monitoree la ejecución de las actividades que las UGEL promuevan en sus respectivas jurisdicciones para la difusión y uso de los resultados de la ECE-2010. 5.3.5. Brindan apoyo y coordinan con los Directores de las UGEL de su jurisdicción, las acciones necesarias para supervisar las labores de difusión y uso de los informes de resultados de la ECE 2010. Para ello, utilizan también los afi ches y folletos informativos recibidos. 5.3.6. Supervisan el monitoreo que realicen las UGEL a las IE de su jurisdicción, respecto a la distribución de los informes de resultados a los docentes y padres de familia de los estudiantes evaluados. 5.3.7. Difunden a la comunidad en general los resultados de la ECE-2010 e impulsan el establecimiento