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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de mayo de 2011 441961 Artículo 7º.- El citado Ofi cial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia y Encargada del Despacho del Ministerio de Defensa 635532-4 Modifican el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 366-2011-DE/SG Lima, 26 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29655, de fecha 22 de enero de 2011, se autorizó el ingreso de Unidades y Personal Militar Extranjero al territorio de la República, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011; Que, dentro del mencionado Programa se consideró la realización de una visita ofi cial del Crucero de Instrucción 2011 de la Armada Chilena, a partir del 29 de mayo, por un periodo de 05 días; Que, mediante Facsímil (AMA) Nro. 192 de fecha 21 de marzo de 2011, el Director de Asuntos Marítimos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que el nombre correcto de la unidad que ingresará es “Buque Escuela Esmeralda”, a la bahía de Ancón, con treinta y tres tripulantes más a bordo y que las fechas para la realización del mencionado ejercicio han variado; Que, mediante el ofi cio G. 500-1226 la Comandancia de la Marina de Guerra del Perú confi rma que la unidad que ingresará al país es el “Buque Escuela Esmeralda”, sin armas de guerra, con treinta y tres tripulantes más a bordo y cuya participación se encuentra programada en el “LVI Crucero de Instrucción de la Armada Chilena”; Que, el artículo 3º de la Resolución Legislativa Nº 29655 autorizó al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Defensa y por Resolución Ministerial, pueda modifi car, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades operacionales previstas en el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el total de días programados para su desarrollo, dando cuenta a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de expedida la citada resolución ministerial; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley N° 27856, la Ley No. 28899 y Resolución Legislativa Nº 29655; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2011, aprobado por Resolución Legislativa Nº 29655, en la parte pertinente a la fecha de inicio, cantidad de personal, lugar y cambio de unidad naval, de acuerdo al siguiente detalle: Crucero de Instrucción 2011 OBJETIVO Visita Operacional LUGAR Bahía de Ancón FECHA DE INICIO 27 de mayo TIEMPO DE PERMANENCIA 5 días INSTITUCIÓN INVOLUCRADA Marina de Guerra del Perú PAÍS PARTICIPANTE Chile TIPO DE UNIDAD Velero Buque Escuela Esmeralda CANTIDAD DE PERSONAL 347 tripulantes TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS Sin Armamento Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo señalado en la Resolución Legislativa Nº 29315. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 635523-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal de Argentina y los EE.UU para participar en diversos eventos académicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 401-2011-DE/SG Lima, 29 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 262 de fecha 27 de abril de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, el Ejército del Perú ha invitado a personal militar de la República de Argentina para participar en el Curso Superior de Administración a realizarse en la ciudad de Tarapoto; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, del Coronel Juan Carlos Villanueva del Ejército de la República de Argentina, sin armas de guerra, del 05 de mayo al 30 de diciembre de 2011, con el propósito