Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2011 (30/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VISTO: El Memorando Nº 502-2011-GM-MDI, de fecha 13 de MORDAZA del 2011, mediante el cual solicita que se designe al Secretario General como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de esta corporacion MORDAZA, en merito a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, publicado con fecha 8 de MORDAZA del 2011. CONSIDERANDO: Son atribuciones del MORDAZA dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; conforme a lo prescrito en el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades; en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 39º del mismo Cuerpo Normativo; siendo las Resoluciones de Alcaldia las que aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se establece la obligacion de las Entidades del Sector Publico de contar con un Libro de Reclamaciones; disponiendose en su Articulo MORDAZA que corresponde al Titular de la Entidad Designar al responsable del Libro de Reclamaciones. Siendo asi, conforme al MORDAZA ROF vigente -de acuerdo a las funciones y atribuciones- el funcionario Idoneo para asumir la responsabilidad sobre el Libro de Reclamaciones es el Secretario General de esta Municipalidad. Con lo expuesto, conforme a las atribuciones del MORDAZA establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, y en cumplimiento del Articulo MORDAZA del Decreto Supremo 042-2011, es menester emitir la resolucion de Alcaldia correspondiente y realizar su designacion. RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Secretario General de la Municipalidad de Independencia como responsable del LIBRO DE RECLAMACIONES de esta Municipalidad. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal su implementacion, conforme a lo Establecido en el Decreto Supremo Nº 042-02011; a la Secretaria General su Publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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Municipalidades, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun el articulo 26 de la Ley Nº 27972, la administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control recurrente y posterior. Las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestion y la citada Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal-CAP de las Entidades de la Administracion Publica. Asimismo, el articulo 9 del acotado Decreto Supremo, establece que los cargos contenidos en el CAP son clasificados y aprobados por la propia Entidad; Que, mediante Ordenanza Nº 194 de fecha 31 de MORDAZA de 2005, se aprueba el Manual de Clasificacion de Cargos y el Cuadro para la Asignacion de Personal ­CAP de la Municipalidad de Miraflores; Que, mediante Ordenanza Nº 347/MM del 08 de MORDAZA de 2011, se aprueba la Nueva Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF de la Municipalidad de Miraflores, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12 de MORDAZA de 2011; Que, la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica a traves del Informe Tecnico Nº007-2011-SGRYE-GP/MM, ha efectuado la consolidacion y actualizacion del "Clasificador de Cargos" en concordancia con la Nueva Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 347/MM, y de conformidad con la normatividad vigente. De igual modo, mediante Informe Nº 40-2011-GP-MM, la Gerencia de Planificacion expresa su conformidad respecto de la elaboracion del MORDAZA "Clasificador de Cargos" de la Municipalidad de Miraflores; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº162-2011-GAJ/MM, concluye favorablemente respecto de la aprobacion del Clasificador de Cargos de la entidad en concordancia con el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF, aprobado por Ordenanza Nº 347/MM; por encontrarse acorde con la normativa vigente y aplicable a la materia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- APROBAR el Clasificador de Cargos de la Municipalidad de Miraflores, que contiene cincuentaiun (51) denominaciones de cargos, para la elaboracion del Cuadro para Asignacion de Personal -CAP, segun el Anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y a la Gerencia de Planificacion, a traves de la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que a cada una corresponde segun sus competencias. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 194 del 31 de MORDAZA de 2005, asi como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente norma. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion del dispositivo que se aprueba, en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional de la entidad (www.miraflores.gob.pe), asi como del Anexo que forma parte integrante del mismo. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban el Clasificador de Cargos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 350/MM

Miraflores, 26 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de

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