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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de mayo de 2011 443503 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA VISTO: El Memorando Nº 502-2011-GM-MDI, de fecha 13 de mayo del 2011, mediante el cual solicita que se designe al Secretario General como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de esta corporación edil, en mérito a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, publicado con fecha 8 de mayo del 2011. CONSIDERANDO: Son atribuciones del Alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; conforme a lo prescrito en el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; en concordancia con el segundo párrafo del artículo 39º del mismo Cuerpo Normativo; siendo las Resoluciones de Alcaldía las que aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se establece la obligación de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones; disponiéndose en su Artículo Quinto que corresponde al Titular de la Entidad Designar al responsable del Libro de Reclamaciones. Siendo así, conforme al Nuevo ROF vigente -de acuerdo a las funciones y atribuciones- el funcionario Idóneo para asumir la responsabilidad sobre el Libro de Reclamaciones es el Secretario General de esta Municipalidad. Con lo expuesto, conforme a las atribuciones del Alcalde establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, y en cumplimiento del Artículo Quinto del Decreto Supremo 042-2011, es menester emitir la resolución de Alcaldía correspondiente y realizar su designación. RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Dr. RAÚL RICARDO RODRIGUEZ MEDINA - Secretario General de la Municipalidad de Independencia como responsable del LIBRO DE RECLAMACIONES de esta Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal su implementación, conforme a lo Establecido en el Decreto Supremo Nº 042-02011; a la Secretaría General su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 646148-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban el Clasificador de Cargos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 350/MM Mirafl ores, 26 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 26 de la Ley Nº 27972, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior. Las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión y la citada Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP de las Entidades de la Administración Pública. Asimismo, el artículo 9 del acotado Decreto Supremo, establece que los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad; Que, mediante Ordenanza Nº 194 de fecha 31 de mayo de 2005, se aprueba el Manual de Clasifi cación de Cargos y el Cuadro para la Asignación de Personal –CAP de la Municipalidad de Mirafl ores; Que, mediante Ordenanza Nº 347/MM del 08 de abril de 2011, se aprueba la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad de Mirafl ores, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de abril de 2011; Que, la Subgerencia de Racionalización y Estadística a través del Informe Técnico Nº007-2011-SGRYE-GP/MM, ha efectuado la consolidación y actualización del “Clasifi cador de Cargos” en concordancia con la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado mediante Ordenanza Nº 347/MM, y de conformidad con la normatividad vigente. De igual modo, mediante Informe Nº 40-2011-GP-MM, la Gerencia de Planifi cación expresa su conformidad respecto de la elaboración del nuevo “Clasifi cador de Cargos” de la Municipalidad de Mirafl ores; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº162-2011-GAJ/MM, concluye favorablemente respecto de la aprobación del Clasifi cador de Cargos de la entidad en concordancia con el nuevo Reglamento de Organización y Funciones-ROF, aprobado por Ordenanza Nº 347/MM; por encontrarse acorde con la normativa vigente y aplicable a la materia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR el Clasifi cador de Cargos de la Municipalidad de Mirafl ores, que contiene cincuentaiún (51) denominaciones de cargos, para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal -CAP, según el Anexo adjunto y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Gerencia de Planifi cación, a través de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que a cada una corresponde según sus competencias. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 194 del 31 de mayo de 2005, así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente norma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el Portal Institucional de la entidad (www.mirafl ores.gob.pe), así como del Anexo que forma parte integrante del mismo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 646149-1