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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (07/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de octubre de 2011 451222 N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”; integrada por las Municipalidades Provinciales de Recuay y Bolognesi en el departamento de Ancash; las Municipalidades Distritales de Pampas Chico, Marca, Huayllapampa, Llacllin, Pararin y Ticapampa, en la provincia de Recuay en el departamento de Ancash; las Municipalidades Distritales de Cajacay, Antonio Raymondi y Huayllacayan en la provincia de Bolognesi en el departamento de Ancash; la Municipalidad Distrital de Paramonga en la provincia de Barranca en el departamento de Lima; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”, como sigue: - Presidente: Juan Teodocio Ibarra Padilla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico. - Director: Roberto Melchor Requena García, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararin. - Director: Gerardo Cristobal Ramírez Salome, alcalde de la Municipalidad Distrital de Llacllin. - Director: Lionel Fabio Tolentino Flores, alcalde de la Municipalidad Distrital de Marca. - Director: Eustorgio Isaac León Paico, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllapampa. - Director: Pedro Melecio Cochachin Ortiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ticapampa. - Director: Felipe Santos Lázaro Sandoval, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cajacay. - Director: Jorge Vicente Nina Solano, alcalde de la Municipalidad Distrital de Antonio Raymondi. - Director: Marcos Alberto Lucas Camones, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayllacayan. - Director: Roberto Manuel Díaz De La Cruz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paramonga. - Director: Milton Duck León Vergara, alcalde de la Municipalidad Provincial de Recuay. - Director: Juan Ernesto Rivera Alzamora, alcalde de la Municipalidad Provincial de Bolognesi. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Fortaleza y del Santa” – “MANFORS”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 700533-1 AGRICULTURA Disponen la prepublicación en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua del proyecto de norma “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 671-2011-ANA Lima, 5 de octubre de 2011 VISTO: El Memorándum Nº 2662-2011-ANA-DARH/VEA de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; CONSIDERANDO: Que, según el numeral 3) del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos – Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua tiene como función dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, de conformidad con el artículo 186º del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2010-AG, los usuarios de agua se encuentran obligados al pago de tarifas; asimismo, según el numeral 191.1 del artículo 191º, los operadores de infraestructura hidráulica, presentarán a la Autoridad Nacional del Agua, la propuesta de la tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica, conforme con los lineamientos técnicos y económicos establecidos por la Autoridad Nacional del Agua, y en los plazos que ésta indique; Que, con el documento del visto, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos remite el proyecto de norma: “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas”, el cual tiene por objeto normar, en el marco de la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento, los procesos de determinación, aprobación, aplicación de las tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de agua subterránea; Que, a fi n de permitir que los interesados hagan llegar sus aportes y sugerencias, es conveniente disponer la pre publicación del proyecto de norma indicado en el considerando anterior; y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y de la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la pre publicación en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob. pe) del proyecto de norma “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas”, que consta de cuatro (04) títulos, diecinueve (19) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias finales y dos (02) disposiciones complementarias transitorias, que como anexo forma parte de la presente Resolución; a fin de que los interesados hagan llegar sus aportes o sugerencias a los correos electrónicos rlecca@ana.gob.pe y cfiestas@ ana.gob.pe, hasta el 15 de noviembre de 2011. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos el análisis de los aportes y sugerencias que se presenten al proyecto de norma indicado en el artículo anterior, dando cuenta de ello a esta Jefatura. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 700344-1