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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (07/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de octubre de 2011 451225 Que, con Resolución Ministerial N° 199-2001-EM/DEP, de fecha 07 de mayo de 2001, la ex Dirección Ejecutiva de Proyectos - hoy Dirección General de Electrifi cación Rural (Unidad Ejecutora N° 005) transfi rió a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A., en adelante ADINELSA, la obra ejecutada materia del Contrato de Obra N° 99-044-EM/DEP, para su operación y mantenimiento; Que, con Carta N° CS-426-2010, de fecha 11 de noviembre de 2010, el Gerente de Comercialización y Sistemas de ADINELSA solicitó al Director General de la Dirección General de Electrifi cación Rural - DGER concluir con el saneamiento físico legal de la superfi cie donde se ubica la subestación Andahuasi que viene administrando, y la entrega del predio a favor del Estado, para que posteriormente ésta disponga el aporte de capital correspondiente; Que, con Memorando N° 041-2011-MEM/DGER, de fecha 18 de enero de de 2011, el Jefe de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrificación Rural - DGER acusa recibo de la Carta CS-426-2010, con la cual ADINELSA solicita su intervención en el saneamiento de la propiedad del terreno de cultivo que nos ocupa, es decir que se tramite la inscripción de la donación a favor del Ministerio de Energía y Minas en la Oficina Registral de Propiedad Inmueble del Registro Público de Lima - Oficina de Huacho. Para ello, adjunta copia del Oficio N° 1907-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 08 de febrero de 2011, donde la Superintendencia de Bienes Nacionales manifiesta que es el Ministerio de Energía y Minas quien debe emitir la Resolución que apruebe la aceptación de donación del terreno de cultivo denominado “Pescadilla”, ubicado en el Sector “Cañas Bajo”, Distrito de Sayán, Provincia de Huaura, Departamento de Lima de un área superficial de 2,200.5 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Electrónica N° 50002525 del registro de predios de Huacho, derivado de la Resolución Municipal N° 164-98-MDS-A. Aprobada que sea la aceptación de donación, el dominio del mismo será transferido a favor de la empresa ADINELSA; Que, con Memorándum N° 389-2011-MEM/DGER, de fecha 24 de junio de 2011, la Dirección General de Electrifi cación Rural remitió el Informe N° 027-2011-MEM/ DEGER/JAL-CDDC, sobre el análisis efectuado por su dependencia sobre el saneamiento físico–legal, concluyendo que el acto jurídico de aceptación de la donación efectuada por la Municipalidad Distrital de Sayán a favor del Ministerio de Energía y Minas, debe efectuarse aceptarse mediante una Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, con Ofi cio N° 013-2011-MEM-OGA/LOG, de fecha 4 de agosto de 2011, se solicitó a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales opinión sobre la aceptación de donación de inmueble que hace la Municipalidad Distrital de Sayán a favor del MINEM; Que, con Ofi cio N° 8530-2011/SBN-DNR, de fecha 15 de agosto de 2011, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, precisó que para los efectos de adquisición de predios a favor de la entidad pública, como el caso que nos ocupa, no requiere contar con la opinión favorable previa de la SBN, de conformidad al artículo 33° del Reglamento. Asimismo, indica que es factible aceptarse donaciones de predios que la entidad ya los ha dispuesto vía concesión o transferencia de propiedad para mejorar los servicios, en la medida que subsiste la obligación de saneamiento del transferente, la misma que muchas veces está expresamente previamente en los contratos de concesión u otros; Que, el informe del visto recomienda la aceptación de la transferencia en calidad de donación en vía de regularización del bien (terreno) inmueble; Que, conforme al artículo 54° del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, se entiende por aceptación de la donación, previa evaluación de los documentos presentados y emisión de un informe técnico – legal, aquello que se efectuará por Resolución de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, la SBN o el Gobierno Regional de acuerdo con sus competencias. La Resolución se insertará en la escritura pública correspondiente, con arreglo lo establecido en el artículo 1625° del Código Civil; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-VIVIENDA; el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la transferencia en calidad de donación efectuada por la Municipalidad Distrital de Sayán a favor del Ministerio de Energía y Minas, de una parte del terreno de cultivo denominado “Pescadilla”, ubicado en el Sector “Cañas Bajo”, Distrito de Sayán, Provincia de Huaura, Departamento de Lima, de un área superfi cial de 2,200.5 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida Electrónica N° 50002525 del registro de predios de Huacho, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El valor comercial del terreno materia de transferencia en calidad de donación es de S/. 7 920,00 (Siete Mil Novecientos Veinte con 00/100 Nuevos Soles), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Electrifi cación Rural, para que en nombre y representación del Ministerio de Energía y Minas, realice los trámites de inscripción de la donación a favor del Ministerio de Energía y Minas en la Ofi cina Registral de Propiedad Inmueble del Registro Público de Lima – Ofi cina de Huacho, suscriba la Escritura Pública de transferencia en calidad de donación y documentos necesarios para la formalización a que se contrae los artículos 1° y 2° que anteceden. Articulo 4°.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 700095-1 JUSTICIA Dan por concluida designación de Superintendente Nacional de los Registros Públicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 188-2011-JUS Lima, 6 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 186-2010-JUS, se designó al señor abogado Álvaro Delgado Scheelje en el cargo de Superintendente Nacional de los Registros Públicos; Que, el literal c) de la Sexta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema puede remover por causal de pérdida de confi anza a los titulares, jefes, presidentes e integrantes de los Consejos Directivos o Directorios de los Organismos Públicos, con excepción de los Organismos Reguladores que actúan en representación del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; la Ley Nº 26366, Ley del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Álvaro Delgado Scheelje al cargo de Superintendente Nacional de los Registros Públicos.