NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de setiembre de 2011 449769 Artículo 2.- Exigibilidad de los derechos de trámite Dispóngase que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo precedente, serán exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitana que los ratifi que y de la presente ordenanza. Artículo 3.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090 y modifi catorias, Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones y licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edifi caciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29090 y modifi catorias, así comos Reglamentos. Artículo 4.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976, Ley de Marco de Licencias de Funcionamiento Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para el funcionamiento de locales en donde se desarrollen actividades económicas, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 28976. En cumplimiento de las formalidades previstas en la citada ley, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonifi cación e índice de usos (compatibilidad de uso), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo 5.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Telecomunicaciones Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para la Instalación de la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Telecomunicaciones y el Artículo 17° del Decreto Supremo N° 039-2007-MTC, que lo reglamenta. En cumplimiento de las formalidades previstas en la citada ley, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional las estructuras de costos de los procedimientos administrativos referidos a la Instalación de la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Artículo 6.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional Dispóngase la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional, el cual contiene un total de 135 procedimientos administrativos, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 7.- Difusión de Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional El anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo 8.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitana que la ratifi que y de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo 9.- Aseguramiento del cumplimiento de las medidas de publicidad Encárguese a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto – Responsable de actualizar la página web, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidos en ley, en especial la publicación del anexo que contiene el listado de procedimientos y servicios brindados en exclusividad por la Municipalidad se efectúe en los portales electrónicos mencionados en la misma fecha de la publicación de la presente ordenanza. Artículo 10.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 687832-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2011-MDPP Puente Piedra, 22 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTOS: los Informes Nºs. 138-2011-GDU/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, 008-2011/MDPP-GM- TUPA del Responsable del Equipo de Elaboración del TUPA 2011, y 123-2011-MDPP/GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 126-MDPP se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 399- 2011-MDPP de fecha 6 de junio del 2011 se conformó el EQUIPO TÉCNICO responsable de la Elaboración del nuevo TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA – de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, por Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 se crea el Programa de Modernización Municipal (2010-2013), el cual tiene por objeto incrementar el crecimiento de la economía local, estableciendo metas que deben cumplir las Municipalidades Provinciales y Distritales del país, asignando recursos por el cumplimiento de las mismas; Que, a efectos de dar cumplimiento a la Meta 6 del Programa de Modernización Municipal “No exigir y eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad el Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios y; las Boletas de Habilitación de los Profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29566”, mediante Informe Nº 138-2011-GDU/MDPP la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la modifi cación del TUPA de la entidad; Que, mediante Informe Nº 008-2011/MDPP-GM-TUPA el responsable del Equipo de Elaboración del nuevo TUPA