Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2011 (10/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449757

Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 1, articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; asimismo, son competentes para formular y aprobar su Plan de Desarrollo Regional Concertado con los Municipalidades y Sociedad Civil; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; asimismo la finalidad de los Gobiernos Regionales es conducir, regular y promover el desarrollo economico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales para lograr el desarrollo integral de las personas a traves de la promocion, proteccion y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos y deberes fundamentales de su poblacion y conducir las acciones encaminadas a lograr el desarrollo sostenible, armonico e integral, priorizando la generacion de empleo, la lucha para la superacion de la extrema pobreza, con la participacion de los organismos e instituciones del Gobierno Central, Gobiernos Locales y organizaciones representativas de la sociedad civil existentes en la Region; Que, la propuesta de Plan Regional de Igualdad de Oportunidades (PRIO) 2011-2015, se inscribe en los principios del Derecho Internacional mediante sus instrumentos normativos, en la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y Ordenanza Regional Nº 012-2004-GRSM/ CR, que constituye el Consejo Regional de la Mujer, MORDAZA, MORDAZA Adolescente y Personas Adultas Mayores, cuya finalidad sera promover y proteger los derechos e los mismos en el ambito de la region San MORDAZA, asi como desarrollar actividades distintas a apoyar a dichos sectores y otros contenidos en su reglamento, en concordancia con: a) La Convencion sobre los Derechos Politicos de la Mujer; b) Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales - 1966; c) Convencion sobre la eliminacion de todas las formas discriminatorias contra la Mujer ­CEDAW - 1979; d) Declaracion de San MORDAZA sobre los Derechos Humanos, 1993; e) Convenio sobre Igualdad de Remuneracion, 1951 ­ Organizacion Internacional del Trabajo (OIT); f) Convenio sobre la discriminacion (empleo y ocupacion), 1958; g) Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares ­ 1981; h) Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer (Convencion de MORDAZA do Para 1994); i) IV conferencia Mundial sobre las mujeres (Declaracion de Beijing ­ Naciones Unidas ­ 1995); j) Carta Democratica Interamericana (2001); k) Constitucion Politica del Peru; l) Ley Nº 28983 ­ Ley de Igualdad de Oportunidades; m) Acuerdo Nacional -2002; Que, mediante Decreto supremo Nº 027-2007-PCM, se define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, donde en su articulo 1º senala que se entiende por politica nacional, toda MORDAZA que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el proposito de definir objetivos prioritarios, lineamiento y contenidos principales de politica publica asi como los estandares nacionales de cumplimiento y provision que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestacion de los servicios y el normal desarrollo de las actividades privadas; Que, en el numeral 2, del articulo 2º de la MORDAZA MORDAZA mencionada, se refiere a materias de igualdad

de hombres y mujeres: 2.1) Promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las politicas publicas, planes nacionales y practicas del Estado, asi como en la contratacion de servidores publicos y el acceso a los cargos directivos. 2.2) Impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres y la erradicacion de la violencia familiar y sexual. 2.3) Garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles, politicos, economicos, sociales y culturales de las mujeres. 2.4) Promover el acceso de las mujeres a instancias de poder y toma de decisiones en la sociedad y en la administracion publica. 2.5) Atender prioritariamente a las familias en situacion de extrema pobreza, pobreza o riesgo social, asi como a las familias dirigidas por mujeres. La supervision del cumplimiento de estas politicas corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, el numeral 2) del articulo 29-A, de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece funciones especificas sectoriales de la Gerencia de Desarrollo Social, la que le corresponde ejercer las funciones especificas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocion del empleo, pequena y microempresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades; Que, el literal h) del articulo 60º de la Ley MORDAZA descrita, establece Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, siendo una de ellas formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA, en cumplimiento de su rol promotor del desarrollo sostenible de la Region, en concordancia con las politicas nacionales, considera entre sus prioridades el desarrollo integral de la poblacion sanmartinense en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, mediante el ejercicio pleno de sus derechos, sin ningun MORDAZA de discriminacion y exclusion constituyendo el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades (PRIO) 2011-2015, un instrumento de gestion que permitira coordinar y articular los esfuerzos tanto del Gobierno Regional como de la Sociedad Civil para implementar en el ambito local y regional, las politicas en materia de igualdad de oportunidades; Que, con Informe Legal Nº 417-2011-GRSM/ORAL, de fecha 05 de MORDAZA del 2011, LA Oficina Regional de Asesoria Legal opina porque se apruebe el MORDAZA Plan Regional de Igualdad de Oportunidades (PRIO) 20112015, el mismo que renueva el compromiso y la voluntad politica del Gobierno Regional para con los hombres y mujeres de la Region San MORDAZA, en lo que respecta a la integracion de la equidad de genero en la politica y practica publica; Que, el literal o) del Articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, la cual establece que es atribucion del Presidente regional, promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos de interes publico, ciudadano o institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Oficina Zonal San MORDAZA ­ Bajo MORDAZA Tarapoto, llevado a cabo el dia viernes 13 de MORDAZA del 2011, aprobo por unanimidad, la siguiente:

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