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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464074 Disponen inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Jesús de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 022-2012-PCM/SD Lima, 9 de abril de 2012. VISTOS: El Ofi cio Nº 075-2012-MDJ-A, la Ordenanza Municipal Nº 009-2011-MDJ de la Municipalidad Distrital de Jesús y el Informe Nº 002-2012–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 14º, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de la modifi cación del Estatuto, como resultado de la separación; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 321-2010-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, integrada por las Municipalidades Distritales de Llacanora, Matara, Namora y Jesús, en la Provincia y Departamento de Cajamarca; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús solicita la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales, la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”; Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de Jesús aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”; Que, acorde con el Informe Nº 002-2012–PCM/SD- OGI-MIRA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de Jesús de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Jesús de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”. Artículo 2º.- Registro de Anexo Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de Jesús de la “Mancomunidad Municipal Turística de Matara, Namora, Llacanora y Jesús - MANLLAJ”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 776363-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal Integración Interregional Sur Andino Cusco - Arequipa - Puno - IISACAP” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 023-2012-PCM/SD Lima, 09 de abril de 2012. VISTOS: El Ofi cio Nº 008-2012- MM-IISACAP/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 001- 2012-MDC/C/AQP de la Municipalidad Distrital de Callalli; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDC/E-C de la Municipalidad Distrital de Condoroma; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDO/L-P de la Municipalidad Distrital de Ocuviri; la Ordenanza Municipal Nº 002-2012- MDT/C-AQP de la Municipalidad Distrital de Tisco; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Integración Interregional Sur Andino Cusco- Arequipa-Puno - IISACAP”; y el Informe Nº 001-2012– PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;