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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (25/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 464850 Vistos, la Carta N° CLT/WHC/74/225/QN/NS/NA/777 de fecha 29 de febrero de 2012, remitida por la Unidad América Latina y Caribe del Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO; la Carta N° MC/DGP/RRII/119/2011 de fecha 30 de marzo de 2012 del Ministerio de Culturas del Estado Plurinacional de Bolivia; el Ofi cio N° 227-2012- DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, el Memorándum N° 161-2012-ST-PQÑ/MC de fecha 19 de abril de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2001-ED, se declaró de preferente interés nacional la investigación, identifi cación, registro, protección, conservación y puesta en valor de la red de caminos existentes en el Imperio Incaico dentro del territorio nacional, para lo cual se estableció que el Poder Ejecutivo constituiría una Comisión Nacional que cumpla con el objetivo propuesto; Que, con el Decreto Supremo N° 039-2001-ED, modifi cado por la Ley N° 28260, se constituyó la Comisión Nacional a la que se refi ere el Decreto Supremo N° 031- 2001-ED, estableciendo, entre sus funciones, realizar las actividades tendientes al reconocimiento de la red de caminos inca como Patrimonio Cultural de la Humanidad; Que, a través de la Ley N° 28260, se otorgó fuerza de ley al Decreto Supremo N° 031-2001-ED; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene, entre sus funciones, realizar acciones de declaración, investigación, protección y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se aprobó la fusión por absorción del Instituto Nacional de Cultura en el Ministerio de Cultura, contemplando que toda referencia al Instituto Nacional de Cultura debe entenderse como efectuada al Ministerio de Cultura; por lo que, la Comisión Nacional antes mencionada viene siendo presidida por un representante del Ministerio de Cultura; Que, en virtud del Artículo 3° del Decreto Supremo N° 039-2001-ED, modifi cado por la Ley N° 28260, actúan como Secretaría Técnica de la referida Comisión Nacional los siguientes organismos: para los tramos de la red de caminos ubicados en el departamento del Cusco, la Dirección Regional de Cultura de Cusco; y, para los tramos que partiendo del Cusco se encuentren situados en otros departamentos del territorio nacional, el Ministerio de Cultura; Que, con la Carta N° CLT/WHC/74/225/QN/NS/ NA/777 de fecha 29 de febrero de 2012, la Unidad América Latina y Caribe del Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO informó de la convocatoria a los países que integran el Sistema Vial Andino/Qhapaq Ñan para participar en una reunión de coordinación a fi n de armonizar el expediente de candidatura del Qhapaq Ñan en el marco de su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, reunión que se llevará a cabo en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 26 al 28 de abril de 2012; Que, según el Memorándum N° 161-2012-ST-PQÑ/MC de fecha 19 de abril de 2012, el referido evento tiene por objeto evaluar la base del trabajo desarrollado por los países, así como los alcances, criterios aplicados y otros aspectos referidos a la identifi cación y registro de los tramos del Qhapaq Ñan y de los sitios arqueológicos e históricos asociados, dando a conocer el Qhapaq Ñan – Perú a los demás países que integran el Sistema Vial Inca y al Centro de Patrimonio Mundial de la UNESCO, para efectos de diseñar y armonizar el expediente de nominación a la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO; así como, consolidar el liderazgo del Perú en el proceso de nominación del Qhapaq Ñan; por lo que, el viaje tiene por objeto realizar acciones de promoción de importancia para el país; Que, asimismo, en el citado Memorándum se sustentó la necesidad de que en el evento participen tanto personal de la Sede Central del Ministerio de Cultura como personal de la Dirección Regional de Cultura de Cusco, debido a la especialidad de los aspectos a ser tratados y sustentados en el mencionado evento, entre ellos: la identifi cación del bien patrimonial; conservación; codifi cación de tramos; zonas de amortiguamiento; gestión, manejo y uso público del bien; criterios de intervención; y, cartografía; Que, además se indica en el Memorándum N° 161- 2012-ST-PQÑ/MC que el personal del Ministerio de Cultura (Sede Central y Dirección Regional de Cultura de Cusco) se trasladará a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, por vía terrestre, tanto para la ida como para el retorno al país, haciendo uso de uno de los vehículos de la Dirección Regional de Cultura de Cusco; Que, el Artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo algunos casos, entre ellos, los viajes que se efectúen con el objeto de realizar acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta que las acciones de promoción que se llevarán a cabo en el referido evento son de importancia para el Perú, se estima por conveniente autorizar el viaje de los señores Ricardo Andrés Chirinos Portocarrero y Rodrigo Ruiz Rubio, personal de la Sede Central; y, los señores María Elena del Carmen Córdova Burga, Secretaria Técnica de la Sede Cusco; Wilfredo Yépez Valdez; y, Víctor Ángel Huamán Ataulluco, personal de la Dirección Regional de Cultura de Cusco, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 29 de abril de 2012; Estando a lo visado por el Secretario General, la Directora General de la Dirección General de Patrimonio Cultural y la Directora General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, a los señores Ricardo Andrés Chirinos Portocarrero y Rodrigo Ruiz Rubio, personal de la Sede Central; y, los señores María Elena del Carmen Córdova Burga, Secretaria Técnica de la Sede Cusco; Wilfredo Yépez Valdez; y, Víctor Ángel Huamán Ataulluco, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 25 al 29 de abril de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: A cada uno de los comisionados, Ricardo Andrés Chirinos Portocarrero, Rodrigo Ruiz Rubio, Wilfredo Yépez Valdez, María Elena del Carmin Córdova Burga y Víctor Ángel Huamán Ataulluco les corresponderá: Viáticos: US $ 800.00 (US $ 200 x 3 días + 1 día de instalación) Todos los comisionados se trasladarán a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, por vía terrestre, utilizando vehículo de la Dirección Regional de Cultura de Cusco. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el Artículo 1º de la presente Resolución, deberán presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 780750-1