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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2012 471908 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera. Que, según lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, es una obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, el artículo 4 del citado Reglamento, indica que la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004- 00002782 del 10 de julio de 2012, se dejó sin efecto la encargatura de la señora Silvia Angélica Cabezas Figueroa como Jefa de la Ofi cina de Secretaría General del SAT a partir del 16 de julio de 2012, encargándose la referida área a la señorita Inés Lidia Linares Vidal, desde dicha fecha hasta el 31 de diciembre de 2012. Que, considerando lo expuesto, resulta necesario se designe a la señorita Inés Lidia Linares Vidal, en su calidad de Jefe encargada de la Ofi cina de Secretaría General del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, mientras dure su encargatura. Estando a lo dispuesto por el literal c) del artículo 6 del Edicto Nº 227, modifi cado por Ordenanza Nº 936; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la señora Silvia Angélica Cabezas Figueroa, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 16 de julio de 2012. Artículo Segundo.- Designar a la señorita Inés Lidia Linares Vidal, en su calidad de Jefe encargada de la Ofi cina de Secretaría General del SAT, como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 16 de julio del 2012. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe (e) del Servicio de Administración Tributaria 821839-1 Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo que resuelve aprobar modificación de proyectos de regularización de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN Nº 130-2012-MML-GDU-SPHU Lima, 26 de junio de 2012 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 117000-2012, de fecha 26 de junio de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Sub Gerencia Nº 578-2012/ GDUR-MDC de fecha 08 de junio de 2012, aprobando la Modifi cación de Proyectos de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por la Asociación de Pobladores Ampliación de Vivienda Caudivilla-APAVIC y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 117000-2012, de fecha 26 de junio de 2012, (fs. 01 al 105) ) la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite copia certifi cada de la Resolución de Sub Gerencia Nº 578-2012/GDUR-MDC de fecha 08 de junio de 2012 (fs. 96 al 101), que resuelve Aprobar la Modifi cación de Proyectos de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media-RDM, Comercio Zonal - CZ, Otros Usos OU- Estación Tren Eléctrico, Educación Básica - E1 y Zona de Recreación Pública -ZRP, desarrollado sobre el terreno de 125,922.74 m², constituido por el predio denominado Asociación de Pobladores Ampliación de Vivienda Caudivilla -APAVIC, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 075-2012-/GDUR-MDC y Memoria Descriptiva, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, mediante Informe Nº 230-2012-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 26 de junio de 2012 (fs. 106 al 109), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Modifi cación de Proyectos de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media-RDM, Comercio Zonal - CZ, Otros Usos OU- Estación Tren Eléctrico, Educación Básica - E1 y Zona de Recreación Pública -ZRP, del terreno de 125,922.74 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante la Resolución de Sub Gerencia Nº 578-2012/GDUR-MDC de fecha 08 de junio de 2012, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta las zonifi caciones con la que se encuentra califi cado Zonifi cación Residencial de Densidad Media- RDM, Comercio Zonal -CZ, Educación Básica-E1, Otros Usos -OU Estación Tren Eléctrico, Zona de Recreación Pública - ZRP, de conformidad a la Ordenanza N° 1105-MML, a vías; por cuanto el terreno se encuentra afectado por tres vías pertenecientes al Sistema Vial Metropolitano: Av. Universitaria (Av. Metropolitana -Vía Periurbana) califi cada como Arterial, de sección A-160 de 66.00 ml, proponiéndose para esta vía una sección de 69.00 ml, en la cual se están adecuando los módulos que corresponden con la zonifi cación CZ de conformidad a lo dispone la Norma GH.020, Artículo II del Reglamento Nacional de Edifi caciones; a la vía denominada Caudivilla Tramo: Túpac Amaru -Canta C, califi cada como Colectora de sección C-84 de 30.00 ml, proponiendo para esta vía la sección normativa; y a la vía Av. Merino Tramo: Túpac Amaru-Universitaria califi cada como Colectora, habiendo omitido el Instituto Metropolitano de Planifi cación precisar la sección vial en este tramo por lo que la Municipalidad Distrital de acuerdo a la consolidación existente en este sector aprueba la propuesta de 14.00 ml; con respecto a las vías locales se proponen las secciones A-A, B-B, C-C, D-D, E-E, F-F, G-G, H-H, F’-F’, K-K y J-J; las mismas que se encuentran califi cadas como vías locales, por lo que en virtud de lo establecido en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 786-MML, es la municipalidad distrital quien defi ne la sección vial; y aportes reglamentarios habiendo verifi cado la Municipalidad Distrital la inexistencia de áreas disponibles para destinarlos como aportes reglamentarios, está aceptando la redención en dinero de los défi cits de aportes en concordancia con lo que establece el Art 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; por lo que la propuesta resulta conforme; por lo que es opinión de la suscrita, se remita los actuados al Área legal a fi n de que emita el acto administrativo que establece la conformidad de lo solicitado; Que, mediante Informe Nº 260-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 26 de junio de 2012 (fs. 110 y 111), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la ASOCIACION DE POBLADORES AMPLIACION DE VIVIENDA CAUDIVILLA-APAVIC, del terreno de 125,922.74 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº PO1242814 del Registro Predios de Lima de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima (fs. 72 al 83); de igual manera la administrada ha acreditado