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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de agosto de 2012 471910 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban integración de representantes vecinales y del Colegio de Periodistas del Perú ante la Comisión Contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco Período 2012 ACUERDO DE CONCEJO Nº 64-2012-ACSS. Santiago de Surco, 25 de julio de 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: El Dictamen Nº 04-2012-CAJ-MSS de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2318-2012- SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum N° 759-2012-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros. 15 y 67-2012-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Memorándum Nº 363-2012- GCII-MSS de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Informe Nº 492-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, referentes a completar la conformación de la Comisión Contra la Corrupción 2012 de la Municipalidad de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 102-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece “Créase las Comisiones Distritales de Lima contra la Corrupción Municipal, en cada uno de los distritos de la Capital de la República, las mismas que estarán integradas por: 1) El Alcalde del distrito, quien la presidirá, pudiendo delegar sus funciones en la persona que él designe. 2) Dos Regidores distritales elegidos por el Concejo Distrital que hayan alcanzado las mayores votaciones en una sola elección. 3) Dos representantes designados por el Alcalde distrital entre los presidentes de las Juntas de Vecinos del distrito. 4) Un periodista elegido dentro del círculo de periodistas acreditado en la Municipalidad o en su defecto el que acredite el Colegio de Periodistas”; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 05-2012-ACSS del 27.01.2012, se designó a los señores Regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2012, la misma que será presidida por el señor Alcalde, disponiendo además que la Gerencia de Participación Vecinal en un plazo no mayor a 30 días, remita al Despacho de Alcaldía, la nómina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del distrito e informe los resultados de las acciones que realice para dar cumplimiento el inciso 3) y 4) del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 102-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de completar la conformación de la Comisión contra la Corrupción. Del mismo modo establece, que el periodo de vigencia de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco es de un año, o hasta que se nombre la nueva Comisión; Que, con los Informe Nros 15 y 67-2012-GPV-MSS de fechas 16.02.2012 y 24.07.2012 respectivamente, la Gerencia de Participación Vecinal remite para evaluación de la Alta Dirección, la nómina de representantes vecinales del distrito, para integrar la Comisión contra la Corrupción en los siguientes términos: 1. César Marceliano Mendoza Bellodas - Representante de la Asociación de Propietarios La Ensenada de Surco, 2. Margarita Magna Valero García de Gutiérrez - Coordinadora Distrital de II Nivel de los Clubes de Madres y Comedores Populares del distrito de Santiago de Surco; Que, mediante Memorándum Nº 363-2012-GCII-MSS de fecha 27.06.2012, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, informa que el Colegio de Periodistas del Perú, ha designado al Lic. Segundo Núñez Patiño como su representante, para integrar la Comisión contra la Corrupción, adjuntando el Of. N° 050-12/CNCPP del 26.06.2012; Que, con Informe Nº 492-2012-GAJ-MSS del 02.07.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta la normativa aplicable al presente caso, así como los presentes documentos emitidos por la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, emite opinión favorable a efectos de completar la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2012, para lo cual deberá emitirse el Acuerdo de Concejo correspondiente, que formalice tal aprobación; Estando al Dictamen Nº 04-2012-CAJ-MSS de la Comisión de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 492-2012-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con el inciso 15) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ordenanza Nº 102- MML y el Decreto de Alcaldía Nº 12-99-DASS, el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- APROBAR la integración de dos (02) representantes vecinales y uno (01) del Colegio de Periodistas del Perú, a la Comisión Contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco Período 2012, conforme lo determina el Acuerdo de Concejo Nº 05-2012- ACSS y la Ordenanza Nº 102-MML. En consecuencia, la Comisión quedará conformada de la siguiente manera: ALCALDE - Sr. Roberto Hipólito Gómez Baca : PRESIDENTE REGIDORES: - Sr. Carlos Alfonso Maximiliano José Massa González- Olaechea : Miembro. - Sr. Javier Eduardo Paredes Iparraguirre : Miembro. - Srta. Giuliana Georgina Nación Bruiget : Miembro. REPRESENTANTES DE LOS VECINOS: - Sr. César Marceliano Mendoza Bellodas : Miembro. Representante de la Asociación de Propietarios La Ensenada de Surco. - Sra. Margarita Magna Valero García de Gutiérrez : Miembro. Coordinadora Distrital de II Nivel de los Clubes de Madres y Comedores Populares del distrito de Santiago de Surco; REPRESENTANTE ACREDITADO DEL COLEGIO DE PERIODISTAS DEL PERÚ - Sr. Segundo Núñez Patiño. : Miembro. Artículo Segundo.- PRECISAR que los cargos de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2012, son Ad Honorem y tienen una vigencia de un año o hasta que se nombre nueva Comisión, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 05-2012-ACSS de fecha 27.01.2012. Artículo Tercero.- LA COMISIÓN contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco, ejercerá sus funciones y atribuciones de conformidad a lo preceptuado en la Ordenanza Nº 102-MML y por el Decreto de Alcaldía Nº 12-99-DASS. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 822196-1