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El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2012 Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo PROYECTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº .........-2012-OS/CD Lima, .... de .............. de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3º un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribución Eléctrica, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento y los costos administrativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas, deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, la Única Disposición Transitoria de la Ley dispuso encargar a OSINERGMIN por un plazo de dos años contados desde el 12 de abril del 2012, las funciones previstas en los artículos 7.5, 8.3 y 9.1 de la misma ley, es decir (i) la revisión de liquidaciones presentadas por las empresas concesionarias de distribución de energía eléctrica, y aprobación del programa de transferencias (ii) la aprobación del programa de transferencias en la promoción de nuevos suministros; y, (iii) administración del FISE y facultad de aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administración del Fondo; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 138- 2012-OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementación y Ejecución del Fondo de Inclusión Social Energético aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, en cuyo Artículo 12 se establece que en base a un estudio especializado, OSINERGMIN establecerá los costos administrativos anuales de implementación y operación del FISE. Sobre el particular OSINERGMIN cuenta a la fecha con dicho estudio, elaborado por la empresa Esycomp; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº ......- 2012-OS/CD, se dispuso la publicación en la página web de OSINERGMIN del proyecto de resolución que aprueba la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, conjuntamente con el proyecto normativo, exposición de motivos y el Informe Técnico Legal Nº 556-2012-GART, otorgándose un plazo de quince días calendarios para que los interesados presentaran sus opiniones y sugerencias; Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en el Informe Nº ......-2012-GART, y se han acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la Norma, correspondiendo su aprobación; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Técnico Legal Nº 0XXX-2012-GART, elaborado por la División de Distribución Eléctrica y la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución y la Norma, deberán ser publicadas en el diario ofi cial El Peruano y consignadas en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, conjuntamente con el Informe Técnico Legal Nº XXX-2012-GART. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día xx de xx de 201X. NORMA “PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE COSTOS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DEL FISE DE LAS EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA EN SUS ACTIVIDADES VINCULADAS CON EL DESCUENTO EN LA COMPRA DEL BALÓN DE GAS” CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto Defi nir criterios y procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica. Artículo 2º.- Ámbito Están comprendidos dentro del alcance de la presente norma, las Empresas de Distribución Eléctrica y aquellas Entidades que se encuentran incluidas en las disposiciones de la Ley Nº 29852 y su Reglamento. Artículo 3º.- Defi niciones Para efectos del procedimiento, serán aplicables las defi niciones previstas en el Artículo 3º del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y la introducida en el Artículo 2º de la norma aprobada por la Resolución OSINERGMIN Nº 138-2012-OS/CD. Cualquier mención a Artículos, Anexos o Formatos, sin señalar la norma a la que corresponden, se debe entender referida al presente procedimiento. Artículo 4º.- Frecuencia de las Actividades de las Empresas Distribución de Electricidad para la operatividad del FISE Las actividades operativas y administrativas de las Empresas de Distribución Eléctrica para la operatividad del FISE, son las establecidas en la Ley Nº 29852, su Reglamento y normas complementarias y se ejecutan según la siguiente frecuencia: a) Inicio del Programa: Gastos que se presentan por una única vez al inicio del programa y/o incorporación de una localidad o distrito, incluye gastos de las actividades de empadronamiento, elaboración del padrón de benefi ciarios, difusión del programa, formalización de los convenios de las Distribuidoras Eléctricas con los Agentes Autorizados, implementación de los Agentes Autorizados, adecuaciones de los sistemas de información. b) Mensual: Actividades operativas periódicas como son actualización del padrón de benefi ciarios, impresión y reparto de vales, liquidación de vales redimidos, atención de reclamos o solicitudes de información y supervisión del programa FISE. La información se reportará de acuerdo a los formatos previstos y descritos en el artículo 5º. PROYECTO 480013