TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de enero de 2012 459314 Resolución de Alcaldía N° 160-2007-ALC/MM, a fi n de incorporar las infracciones y sanciones codifi cadas en el artículo 30 de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a las Gerencias de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, Autorización y Control, y de Desarrollo Humano, así como a la Subgerencia de Fiscalización y Control, el cumplimiento de la presente Ordenanza en lo que a cada una corresponde según sus competencias. Artículo Sexto.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación, así como del anexo que contiene, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 740786-1 Modifican altura de edificación de la Cuadra 14, lado par de la Calle Berlín del distrito de Miraflores ORDENANZA Nº 370/MM Mirafl ores, 12 de enero de 2012 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza 920 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de Mirafl ores conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, y en virtud del artículo 4 de dicha norma se dispone que los Planos de Alturas de Edifi cación correspondientes a los predios con frente a ejes viales y sectores urbanos de nivel local del distrito de Mirafl ores, se aprueben por Ordenanza Distrital, en estricta sujeción con los rangos establecidos en las Normas Generales de Zonifi cación y en los Planos de Alturas de Nivel Metropolitano, previa opinión favorable del Instituto Metropolitano de Planifi cación; Que, por Ordenanza Nº 226 de fecha 11 de abril de 2006, se aprobó el Plano de Alturas de Edifi caciones correspondiente a predios con frente a ejes y sectores urbanos a nivel local del distrito de Mirafl ores; Que, con fecha 24 de agosto de 2011, el Instituto Metropolitano de Planifi cación, a través del Ofi cio Nº 0900- 11-MML-IMP-De, traslada a la Municipalidad de Mirafl ores el pedido de cambio de alturas del inmueble ubicado en Calle 7 de Junio Nº 190, esquina con Calle Berlín Nº 1424 del distrito de Mirafl ores, sobre modifi cación de alturas de edifi cación de 7 pisos a 8 pisos, que fuera presentado por doña Rosnel Julia Rodríguez Luna y otros; Que, sobre el referido inmueble cabe precisar que éste posee zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM), en el que de acuerdo al Cuadro Nº 01: Resumen de Zonifi cación Residencial del Anexo Nº 02 de la citada Ordenanza Nº 920, se permite un rango de alturas de entre 5 y 8 pisos, y en aplicación a esta disposición, con la referida Ordenanza 226 se le otorgó a dicha zona una altura de edifi cación de 7 pisos; Que, mediante Memorándum Nº 105-2011-GDUMA/ MM, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, señala que habiéndose efectuado la evaluación técnica de la modifi cación solicitada se advierte que ésta es factible toda vez que la misma no generaría un cambio en la zonifi cación ni afectaría signifi cativamente el perfi l urbano. Asimismo, señala que la altura solicitada se encuentra dentro del rango establecido en el Cuadro Nº 01: Resumen de Zonifi cación Residencial del Anexo Nº 02 de la Ordenanza Nº 920; además de encontrarse el inmueble rodeado por edifi caciones con alturas normativas entre 7 y 17 pisos en los sectores urbanos y ejes viales con zonifi cación RDM y RDMA respectivamente, sin embargo, recomienda modifi car la altura normativa de 7 pisos a 8 pisos sobre todo el frente de la cuadra 14 lado par de la Calle Berlín a fi n de no distorsionar el perfi l urbano de la cuadra; Que, a través del Informe Nº 047-2011-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la propuesta técnica, de la solicitud de modifi cación reseñada en líneas precedentes, es legalmente viable al no contravenir la normatividad vigente; Que, con Ofi cio Nº 1273-11-MML-IMP-DE del 25 de noviembre de 2011, el Director Ejecutivo encargado del Instituto Metropolitano de Planifi cación hace suyo el Informe Nº 0026-11-MML-IMP-DE/DGTP de la Dirección General de Planifi cación Territorial, en el que se emite opinión favorable a la propuesta de modifi cación presentada; por lo que, en aplicación del artículo 37 de la Ordenanza Nº 620 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se propone la modifi cación de la altura de edifi cación del frente de la cuadra 14, lado par de la Calle Berlín, de 7 a 8 pisos; Que, en ese contexto, contando con los informes técnicos y legales favorables corresponde modifi car la altura de la cuadra 14, lado par de la Calle Berlín de 7 a 8 pisos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ALTURA DE EDIFICACIÓN DE LA CUADRA 14, LADO PAR DE LA CALLE BERLÍN DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo Primero.- MODIFICAR el Plano de Altura de Edifi cación aprobado mediante Ordenanza Nº 226, disponiendo que la Cuadra 14, lado par, de la Calle Berlín, se incremente de 7 a 8 pisos. Artículo Segundo.- DISPONER que el nuevo Plano de Alturas de Edifi cación correspondiente a predios con frente a ejes y sectores urbanos a nivel local del distrito de Mirafl ores, señalado en el artículo precedente, sea remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y registro. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, y a la Gerencia de Autorización y Control, el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde dictar las medidas complementarias necesarias, mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- PRECISAR que el presente dispositivo entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 740786-2