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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2012 (26/01/2012)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459877 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Convocan a elecciones para elegir a las Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huanchac, distrito de San Lorenzo de Quinti DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2012-ALC/MPH-M Matucana, 23 de enero del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI – MATUCANA. VISTO: El Convenio de Cooperación Técnica Electoral celebrado entre la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la Municipalidad Provincial de Huarochirí; asimismo el memorándum Nº 008-2012-PPM- MPH-M de fecha 23/01/2012 de la ofi cina de Procuraduría Municipal, vinculado al convenio mencionado párrafos arriba, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por Ley No.27972 y en concordancia con lo previsto en la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º y normas modifi catorias; las Municipalidades son personas jurídicas de Derecho Público que gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia y jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Provincial Nº.003-2007/ CM-MPH-M, de fecha 15 de Marzo del 2007, que regula el Reglamento de Elecciones de Autoridades en las Municipalidades de Centros Poblados en la Provincia de Huarochirí, modifi cado por la Ordenanza Nº.034- 2008/CM-MPH-M de fecha 12 de Septiembre del 2008, de conformidad a lo previsto en los Arts.131º y 132º de la Ley Nº.27972 y en concordancia a lo previsto en la Ley Nº.28440 “ Ley de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados ”; Que, mediante Ordenanza Nº 031-2008/CM-MPH- M de fecha 12 de agosto del 2008, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; la Municipalidad Provincial de Huarochirí adecuó a la Municipalidad de Centro Poblado Santa María de Huanchac, Distrito de San Lorenzo de Quinti; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2010/DA- MPH-M, de fecha 25 de Mayo del 2010, se modifi có algunas normas reglamentarias eleccionarias a efectos de llevar a cabo las Elecciones de las Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados; Que, habiéndose suscrito el Convenio de Cooperación Técnica Electoral entre la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y la Municipalidad Provincial de Huarochirí, con fecha 08 de Febrero del 2011, que en la actualidad se encuentra vigente; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 028–2012/ ALC-MPH-M de fecha 16 de enero del 2012 se constituyó la Comisión Especial para gestionar el Financiamiento de las Elecciones de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huanchay, lográndose suscribir el convenio Interinstitucional, por lo cual se ha materializado el apoyo cofi nanciado entre las tres entidades a efectos de poder llevar a cabo el proceso eleccionario; Estando a las atribuciones conferidas en el Artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, se; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a Elecciones para elegir a las Autoridades (Alcalde y 5 Regidores), de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huanchac, Distrito de San Lorenzo de Quinti, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Que, dichas Elecciones se llevarán a cabo el día Domingo 27 de mayo del 2012. Artículo Tercero.- Comuníquese el presente Decreto de Alcaldía al Jurado Nacional de Elecciones - JNE. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano, página web de la Municipalidad y en los portales que por ley correspondan. Artículo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y demás áreas correspondientes el fi el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 745621-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL