TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459871 Sesenta y Ocho y 42/100 Nuevos Soles) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Renta de Aduanas y Participaciones, para fi nanciar el proyecto “Mejoramiento del Sistema de Video Vigilancia en el Distrito de La Punta-Provincia Callao- Región Callao”, con Código de SNIP Nº 190302, el mismo que aparece como declarado viable en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversiones Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas,; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo del Consejo Regional. 2.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el cumplimiento del presente Acuerdo. 3.- Encargar a la Gerencia de Administración disponga la publicación del presente Acuerdo del Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 12.2 del Artículo 12º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012-Ley Nº 29812. 4.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga al presente Acuerdo del Consejo Regional. 5.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 745264-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2011) de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2011-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 16 de diciembre del 2011; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región; Que, la misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el inciso “a” del artículo 15, que prescribe que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, es un documento de gestión que uniforma, reduce, simplifi ca y unifi ca la información relativa al trámite de la solicitud que el administrado presenta a la entidad en el ejercicio de su derecho de petición; siendo de carácter descriptivo e informativo, orientador de los agentes económicos y administrados en general, sobre los procedimientos y servicios administrativos que presten los diferentes órganos de la entidad; Que, la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, ha cumplido con remitir su Texto Único de Procedimientos Administrativos al Gobierno Regional de Madre de Dios, para su respectivo trámite de aprobación. Documento que comprende a la Dirección Regional de Educación (Sede); Instituciones Educativas; Centros de Educación Técnico – Productiva; y, Escuelas e Institutos de Educación Superior; Que, mediante Informe Nº 226-2011-GOREMAD/ GRPPYAT-SGDIEI, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, emite opinión técnica favorable para su aprobación; por cuanto, se encuentra correctamente formulado, en el marco de la normatividad vigente, como es el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, la misma que hace suya la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Memorando Nº 1009-2011-GOREMAD/GRPPYAT; Que, mediante Opinión Legal Nº 1128-2011- GOREMAD-ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del presente documento de gestión; Que, mediante Ofi cio Nº 1622-2011-GOREMAD/PR, el Presidente Regional, cumple con remitir el referido documento de gestión al Consejo Regional, solicitando su aprobación. El mismo que mediante Ofi cio Nº 318- 2011-GOREMAD-CR/CD, es puesto a conocimiento de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional; Que, mediante Dictamen Nº 001-2011-GOREMAD/ CECTDYC, la Comisión Ordinaria de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional, emite opinión favorable para la correspondiente aprobación; Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente y por ende el documento de gestión denominado Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2011), de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios; El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, el Dictamen Nº 001- 2011-GOREMAD/CECTDYC, de la Comisión Ordinaria de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional. Consecuentemente, APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2011) de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, que comprende a la Dirección Regional de Educación (Sede); Instituciones Educativas; Centros de Educación Técnico – Productiva; y, Escuelas e Institutos de Educación Superior. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto alguno, toda disposición o norma legal, en cuanto se contraponga a lo dispuesto en la presente ordenanza regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUÍZ Consejero Delegado Consejo Regional