TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459870 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Autorizan transferencia de fondos a favor de la Municipalidad Distrital de La Punta para financiar el proyecto “Mejoramiento del Sistema de Video Vigilancia en el Distrito de La Punta - Provincia Callao - Región Callao” ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 000008 Callao, 13 de enero de 2012 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 13 de enero de 2012, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; VISTOS: El Ofi cio Nº 007-2012/MDLP/ALC dirigido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta al Presidente del Gobierno Regional del Callao; el Memorándum Nº 089-2012-GRC/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 064-2012-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Dictamen Nº 005- 2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el numeral 49.1 del Artículo 49º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales y Locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades. Que, asimismo, el Artículo 77º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordantes con el artículo citado en el párrafo precedente, señala que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante convenios de colaboración; a través de estos, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusulas expresa de libre adhesión y separación. Que, debemos de tener en consideración que el Título Preliminar de la Ley Nº. 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo VII, establece que las relaciones entre tres niveles de Gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiaridad. Principio que también se encuentra previsto en el numeral 10 del Artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales defi ne las relaciones de cooperación y coordinación entre los gobiernos regionales y de estos con los otros niveles de gobierno, orientados al proceso de integración y conformación de regiones y de coordinación en espacios macroregionales. Siendo el caso, que dicha ley establece en su Artículo 8º dentro de los principios rectores de las políticas y la gestión regional los siguientes principios: (i)Efi ciencia: La política y la gestión regional se rigen con criterios de efi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos; (ii) Concordancias de las políticas regionales: Las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales del Estado. (iii) Integración: por medio del cual se establece que la gestión regional promueve la integración intrarregional e interregional fortaleciendo el carácter unitario de la Republica. De acuerdo con este principio, la gestión debe orientarse a la formación de acuerdos macroregionales que permitan el uso más efi ciente de los recursos, con la fi nalidad de alcanzar una economía más competitiva; Que, como parte de las políticas de gestión, constituye prioridad del Gobierno Regional del Callao la suscripción de Convenios con las diferentes entidades del Sector Público con el objeto de coordinar esfuerzos y coadyuvar la realización de los fi nes y objetivos regionales en benefi cio del desarrollo armónico de la Provincia Constitucional del Callao y velar por el bienestar de sus habitantes; Que, se ha suscrito el Convenio Nº 008-2011-GRC – Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Distrital de La Punta, en donde una de las obligaciones del Gobierno Regional del Callao es la transferencia de la suma de S/. 392,568.42 para que la Municipalidad Distrital de la Punta ejecute el Proyecto de Inversión Pública de competencia municipal exclusiva denominado “Mejoramiento del Sistema de Video Vigilancia en el Distrito de La Punta-Provincia Callao-Región Callao”; Que, asimismo, como lo refi ere el Memorándum Nº 089-2012-GRC/GRPPAT emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, existe disponibilidad presupuestal por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados Rubro 18 Canon, Sobrecanon, Renta de Aduanas y Participaciones, hasta por la suma de S/. 392,568.42 (Trescientos Noventa y Dos Mil Quinientos Sesenta y Ocho y 42/100 Nuevos Soles) para que la Municipalidad Distrital de la Punta ejecute el Proyecto de Inversión Pública de competencia municipal exclusiva denominado “Mejoramiento del Sistema de Video Vigilancia en el Distrito de La Punta- Provincia Callao-Región Callao”, con Código de SNIP Nº 190302, el mismo que aparece como declarado viable en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversiones Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, según el Informe Nº 064-2012-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta procedente, visto el Convenio Nº 008-2011-GRC – Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Distrital de La Punta, que el Consejo Regional autorice la trasferencia de fondos del fi nanciamiento del Proyecto de Inversión en atención a lo previsto en el inciso c) del punto 12.1; y el punto 12.2 del Artículo 12 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012-Ley Nº 29812; Que, por Dictamen Nº 005-2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional se recomienda al Consejo Regional aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de La Punta por la suma de por la suma de S/. 392,568.42 (Trescientos Noventa y Dos Mil Quinientos Sesenta y Ocho y 42/100 Nuevos Soles) para fi nanciar el proyecto “Mejoramiento del Sistema de Video Vigilancia en el Distrito de La Punta- Provincia Callao-Región Callao”, con Código de SNIP Nº 190302, el mismo que aparece como declarado viable en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversiones Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en virtud a los considerandos establecidos: SE ACUERDA: 1.- Aprobar el Dictamen Nº 005-2012-GRC/CR- CA de la Comisión de Administración Regional; en consecuencia, autorícese la transferencia de fondos a favor de la Municipalidad Distrital de La Punta de S/. 392,568.42 (Trescientos Noventa y Dos Mil Quinientos