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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2012 (26/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de enero de 2012 459860 para el ejercicio de la profesión u oficio, expedida por la entidad competente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que en el presente año judicial sólo podrán ser designados para actuar como Peritos Judiciales, aquellos profesionales y/o técnicos que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Quinto.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia General del Poder Judicial, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, del Responsable de la Ofi cina de Peritos Judiciales y de los demás interesados para sus fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL A. PEIRANO SÁNCHEZ Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 745019-1 Disponen la evaluación de peritos judiciales inscritos en el respectivo Registro de la Corte Superior de Justicia de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 016-2012-P-CSJHA-PJ Huacho, 6 de enero de 2012 VISTO: El Ofi cio N° 012-2012-OA-CSJHA/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 609-98- CME-PJ se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito judicial, el mismo que fuera reglamentado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ, con el fi n de convertirlo en un real y efectivo órgano de apoyo a la administración de justicia. Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos Judiciales prescribe que cada dos años se someterá (a los peritos judiciales inscritos) a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los colegios profesionales bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la fi nalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional. Que, mediante el documento del visto el Administrador Distrital informa que en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura hay peritos judiciales que deberán ser evaluados por encontrarse en el supuesto descrito en el primer considerando de la presente resolución; en consecuencia, mediante la presente se procede a disponer la evaluación de los referidos profesionales, que estará bajo la dirección y supervisión de la Comisión Especial encargada del Proceso de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales; así como de la supervisión del proceso de evaluación de conocimientos de los actuales integrantes del REPEJ para el año Judicial 2011 designada con Resolución Administrativa N° 15-2012-P-CSJHA-PJ, en coordinación con los colegios profesionales en los casos que corresponda. Que, estando a las facultades conferidas al Presidente de la Corte Superior de Justicia por el artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la evaluación de los especialistas y/o profesionales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Huaura, que han cumplido dos años desde su inscripción o desde su última evaluación, cuyos datos se detallan en el Anexo N° 01 que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el proceso de evaluación de peritos esté bajo la dirección y supervisión de la Comisión Especial encargada del proceso de evaluación y selección de peritos judiciales; así como de la supervisión del proceso de evaluación de conocimientos de los actuales integrantes del REPEJ para el año Judicial 2012 designada con Resolución Administrativa N° 15- 2012-P-CSJHA-PJ, en coordinación con los colegios profesionales en los casos que corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER que la Comisión Especial señalada en el artículo segundo de la presente resolución, en coordinación con los Colegios Profesionales en los casos que corresponda, procedan a establecer el calendario para la evaluación de conocimientos de los peritos judiciales, dando cuenta de los resultados al Despacho de la Presidencia de la Corte, una vez concluido el proceso. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración de esta Corte Superior, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el de mayor circulación de la región. Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración de esta Corte y de los señores peritos judiciales integrantes del REPEJ de esta Corte para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ABAD HERRERA VILLAR Presidente Corte Superior de Justicia de Huaura Poder Judicial ANEXO N° 01 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA PERITOS JUDICIALES PARA LA EVALUACIÓN 2012 (artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por la Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ) N° Apellidos y Nombres D.N.I. Profesión Para la Evaluación de 2 año / 2011 1 ALCANTARA ARTEAGA, MANUEL EMILIO 15595715 CONTADORES X 2 GONZALES ROSALES, LUZ AMELIA 15702601 CONTADORES X 3 HIJAR DÍAZ, MARTHA MATILDE 15605774 CONTADORES X 4 LEZAMA CABANILLAS ISABEL ROCIO 15620724 CONTADORES X 5 MAURICIO RAMOS, HECTOR FIDENCIO 15617559 CONTADORES X 6 MONTERO TRINIDAD, CESAR AUGUSTO 15598261 CONTADORES X 7 OSORIO SUAREZ, RUTH ELENA 15593567 CONTADORES X 8 OYOLA GRADOS, INES AURORA O7594326 CONTADORES X 9 PICHILINGUE SANTOS, JUAN HUMBERTO 15586597 CONTADORES X 10 ROBLES ESPINOZA, ARMANDO 15954321 CONTADORES X 11 TORRES FRANCIA, PAUL ABSALON 15593974 CONTADORES X 12 ARBAIZA RAMÍREZ, AUGUSTO FERNANDO 07235536 GRAFOTECNIA X 13 TIPACTI MARTÍNEZ, JORGE 21413790 GRAFOTECNIA X 14 DEL SOLAR LA ROSA OSWALDO FEDERICO 15591696 INGENIERO AGRONOMO X