Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2012 (20/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de febrero de 2012

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Sancionan con suspension a Martillero Publico
MORDAZA REGISTRAL N° IX-SEDE MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL N° 453-2011-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF MORDAZA, 8 de agosto de 2011 VISTOS, la Resolucion Jefatural N° 295-2011SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 17 de MORDAZA de 2011, el escrito de descargo presentado por el Martillero Publico, senor Asdel MORDAZA MORDAZA, ingresado mediante la Hoja de Tramite 2011-022957-Z.R.N°IX/GBM del 15 de junio del 2011; y el Dictamen N° 017-2011-SUNARP-Z.R.N°IX/OL de fecha 21 de MORDAZA del 2011; y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante la Resolucion de Vistos se inicio Procedimiento Sancionador contra el Martillero Publico Asdel MORDAZA MORDAZA, por haber, presuntamente, incumplido con lo previsto en los incisos 02, 07, 08 y 14 del articulo 16° de la Ley del Martillero Publico, Ley N° 27728; respecto a su actuacion como Martillero Publico en el remate publico dispuesto por el Decimo Setimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de MORDAZA, bajo el Expediente N°5960-2009. Segundo: Que, mediante el escrito de Vistos, el Martillero Publico, senor Asdel MORDAZA MORDAZA, presento su descargo, no negando los cargos que se imputan en su contra, en la Resolucion Jefatural N° 295-2011-SUNARPZ.R.N°IX/JEF de fecha 17 MORDAZA de 2011. Tercero: Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento del Procedimiento Sancionador aprobado mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N°218-2007-SUNARP/SN de fecha 06 de agosto de 2007, establece que son aplicables al procedimiento sancionador contra martilleros publicos las normas del procedimiento sancionador regulado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. Cuarto: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 4 del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Publicos, aprobado por la Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 218-2007-SUNARP/SN de fecha 06 de agosto de 2007, corresponde al Jefe de la Oficina Legal de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, emitir dictamen en primera instancia. Quinto: Que, mediante el Dictamen de Vistos, cuyo texto forma parte de la presente Resolucion, segun lo previsto por el numeral 6.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Oficina Legal concluye que el Martillero Publico Asdel MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en responsabilidad en su actuacion en el MORDAZA judicial que se tramita ante el Decimo Setimo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de MORDAZA, seguido bajo el Expediente N°5960-2009; por lo que ha incumplido con la obligacion contenida en los incisos 02, 07, 08 y 14 del articulo 16° de la Ley del Martillero Publico, Ley N° 27728, al haber dividido el Acto de Remate en tres horarios; sin precisar en la publicacion del aviso de remate, que lotes se rematarian en cada uno de ellos, lo que ha inducido a error a los postores interesados. No haber consignado en la publicacion que al comprender el remate mas de un bien, se podria proceder al remate de todos los bienes en forma conjunta. Haber inducido a error a los postores, dado que al dividir el acto de remate en tres horarios, no era factible proceder en el primer horario a subastar en forma conjunta la totalidad de lotes; lo que ademas determina que MORDAZA quedado en suspenso los otros dos

horarios, en los que debia de haberse levantado el acta sobre las ocurrencias (participacion o no de postores). Sexto: En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 86° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS, el articulo 32° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, la Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 218-2007-SUNARP/ SN de fecha 06 de agosto de 2007 y la Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 0952011-SUNARP/SN del 24 de marzo de 2011, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de marzo de 2011. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR que el Martillero Publico, senor Asdel MORDAZA MORDAZA ha incumplido con la obligacion prevista en los numerales 02, 07, 08, y 1 4 del articulo 16° de la Ley N° 27728, Ley del Martillero Publico, de conformidad con los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- IMPONER al Martillero Publico, senor Asdel MORDAZA MORDAZA , la sancion de suspension de treinta (30) dias. Articulo Tercero.- DISPONER que la presente resolucion sea puesta en conocimiento de la Gerencia de Bienes Muebles, a fin de que luego que el presente Acto Administrativo quede firme, efectue las coordinaciones para la ejecucion efectiva y registre la sancion impuesta al Martillero Publico Asdel MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 20° del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Publicos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la MORDAZA Registral N° IX (e) Sede MORDAZA 754365-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Cronograma Trimestral de Audiencias Publicas Extraordinarias para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur - Ano Judicial 2012
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 137-2012-P-CSJLIMASUR/PJ MORDAZA, 9 de febrero de 2012 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; la Resolucion Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, emitida por la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y CONSIDERANDO: Por Resolucion Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, de fecha 6 de octubre de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de octubre del mismo ano, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, a partir del 13 de octubre de 2010. Mediante Decreto Ley N° 25476, de fecha 5 de MORDAZA de 1992, se establecio la realizacion de Audiencias Publicas Extraordinarias; senalandose en su articulo 2°,

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