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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2012 (26/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2012 471416 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GEOPAXI S.A., representada en el país por CLAUDIA MARIA LEON ROSAS, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de cerco, denominada “REINA DEL MAR”, con matrícula P-04- 00657, de bandera ecuatoriana, cuyas características se detallan en el siguiente cuadro, para la extracción del recurso atún, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, por un plazo determinado de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución. NOMBRE DE LA EMBARCACIÓN MATRICULA ARQUEO NETO CAP. BOD. (m3) TAMAÑO DE MALLA SISTEMA DE PRESERV. CLASIFIC. CAPACIDAD CIAT REINA DEL MAR P-04-00657 333 1033 110 mm R.S.W. 6 Artículo 2º.- Disponer que el permiso de pesca a que se refi ere el Artículo 1º, caduque automáticamente al vencer el plazo establecido en el citado artículo o por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fi je el Ministerio de la Producción para la temporada de pesca. El permiso de pesca otorgado a través de la presente Resolución, podrá ser renovado automáticamente por un período igual, y siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permiso de pesca. Artículo 3º.- Disponer que las operaciones que se autorizan a través de la presente Resolución, estén sujetas a lo establecido en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normas sobre sanidad y medio ambiente; y demás que le sean aplicables. Artículo 4º.- Disponer que el inicio de las operaciones de pesca a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución, esté condicionado a llevar a bordo a un Observador de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT) encargado de efectuar las investigaciones científi cas y apoyo en el control de las operaciones de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE. Asimismo, deberá condicionarse el inicio de operaciones de la citada embarcación a la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital – SISESAT a bordo de la referida embarcación, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2006-PRODUCE. Artículo 5º.- Disponer que el armador indicado en el Artículo 1º de la presente Resolución, contrate como parte de la tripulación de la embarcación pesquera personal de nacionalidad peruana en una cifra no menor de 30%, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que fueran aplicables conforme a la legislación peruana. Artículo 6º.- El armador previo al inicio de operaciones extractivas en aguas nacionales, arribará a puerto peruano, para la verifi cación de la autoridad marítima del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el primer párrafo del artículo 4º y artículo 5º precedentes. La verifi cación anteriormente señalada deberá ser realizada en un plazo máximo de 48 horas. Artículo 7º.- Disponer que una vez terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente Resolución, la compañía pesquera a través de su representante legal en el país, informe mediante declaración jurada a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcación pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fi nes estadísticos del Ministerio de la Producción. Artículo 8º.- Disponer que el incumplimiento en la presente Resolución, será causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 9º.- Disponer que la autorización que se otorga por la presente Resolución no exime a la compañía señalada en el Artículo 1º de la presente Resolución, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demás dependencias de la Administración Pública. Artículo 10º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROSARIO JUANA NEYRA GRANDA Directora General de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 818657-7 Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 184-2012-FONDEPES/J Lima, 25 de julio de 2012 VISTA: la comunicación efectuada por la señora María Carlota Lourdes Ochoa Tapia con fecha 23 de julio de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, FONDEPES, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público. Goza de autonomía técnica, económica, administrativa y académica, cuya fi nalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y fi nancieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2010- PRODUCE del 04 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero; Que, por Resolución Jefatural N° 100-2012- FONDEPES/J publicada el 13 de abril de 2012, se designó a la señora María Carlota Lourdes Ochoa Tapia en el cargo de Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero; Que, mediante Carta S/N del 23 de julio de 2012 la señora María Carlota Lourdes Ochoa Tapia ha formulado renuncia al cargo de Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica designada mediante Resolución Jefatural N° 100- 2012-FONDEPES/J; Que, en atención a la renuncia formulada, resulta necesario emitir el acto resolutivo respectivo que de por concluida la designación contenida en la Resolución Jefatural N° 100-2012-FONDEPES/J; En el ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 003-2010-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES; y, Con la visación de la Secretaria General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia de la señora María Carlota Lourdes Ochoa Tapia al cargo de Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, designado mediante la Resolución Jefatural N° 100-2012-FONDEPES/J del 12 de abril de 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero 819682-1