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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (11/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de junio de 2012 468176 para la etapa inicial; por lo que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación opina que los planes curriculares cumplen los requisitos mínimos para el funcionamiento de la Escuela Profesional de Estomatología en la Facultad de Ciencias de la Salud de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista en la sede Lima y en las fi liales de Ica y Chincha, así como, por la aprobación de la misma en el registro de la Asamblea Nacional de Rectores emitiéndose la resolución correspondiente; Que, mediante memorando Nº 524-2012-SE, la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboración de una resolución aprobando el funcionamiento de la Escuela Profesional de Estomatología, en la sede de Lima y sus fi liales de Ica y Chincha de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar que la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista, con sede en Lima, ha cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 23°, 24° y los incisos e) y f) del artículo 92° de la Ley Universitaria 23733, para el funcionamiento de la Escuela Profesional de Estomatología adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud, en la sede de Lima y en las fi liales de Ica y Chincha. Artículo 2°.- Disponer el Registro correspondiente de la Escuela Académico Profesional de Estomatología en la Asamblea Nacional de Rectores, así como, la transcripción de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, y, a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 799039-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Loreto y Huánuco RESOLUCIÓN SBS Nº 3102-2012 Lima, 29 de mayo de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) para que se le autorice la apertura de dos (02) Agencias ubicadas en: i) Calle Tnt. César Lopez Rojas N° 313, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; y ii) Entre la intersección de la Av. Tito Jaime Fernández N° 501 con el Jr. Lamas, sub lote Nº 02 de la manzana 24, zona urbana de la ciudad de Tingo María, distrito Tingo María, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las referidas Agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) la apertura de dos (02) agencias, conforme al siguiente detalle: i) Calle Tnt. César Lopez Rojas N° 313, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; ii) Intersección de la Av. Tito Jaime Fernández N° 501 con el Jr. Lamas, sub lote Nº 02 de la manzana 24, zona urbana de la ciudad de Tingo María, distrito Tingo María, provincia de Leoncio Prado y departamento de Huánuco; Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 799362-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las Direcciones de Redes de Salud Bonilla - La Punta, BEPECA y Ventanilla, y del Hospital de Ventanilla ORDENANZA REGIONAL Nº 000019 Callao, 17 de mayo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 17 de mayo del 2012.