Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (11/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de junio de 2012 468169 Que, la Secretaría Permanente de la OTCA asumirá los gastos de transporte y alojamiento, por lo que el MINCETUR asumirá los gastos proporcionales por concepto de viáticos; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Amora Diana María Carbajal Schumacher, Directora Nacional de Turismo, a la ciudad de Georgetown, República Cooperativa de Guyana, del 11 al 14 de junio de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, asista a la III Reunión de Representantes de la OTCA a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 100,00 x 3 días) : US$ 300.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Carbajal Schumacher presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 799611-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia a título gratuito de bienes que conforman proyecto de instalación de sistema de electrificación rural ubicado en el departamento de Ayacucho a favor de ELECTROCENTRO S.A RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2012-MEM/DM Lima, 6 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural (en adelante DGER), la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública N° LP-0019-2009- MEM/DGER, con fecha 10 de marzo de 2010, la DGER y la empresa contratista Consorcio Progreso, suscribieron el Contrato N° 012-2010-MEM/DGER para la ejecución de la obra: “Instalación del Sistema de Electrifi cación Rural en las comunidades de Rosaspata, Cochapata, Millpo, San Juan de Llihuacucho, Ichupata, Waripercca, Unión Paqcha, Nuevo Progreso, Casacancha, Sunilla, Putacca e Ingahuasi del distrito de Vinchos” ubicado en el departamento de Ayacucho, por un monto de S/. 3 577 448,84 incluido impuestos y un plazo de ejecución de 240 días calendario; Que, mediante Resolución Directoral N° 106-2011- EM/DGER de fecha 06 de junio de 2011 se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra N° 012-2010- MEM/DGER, suscrito entre la DGER y el Consorcio Progreso, para la ejecución de la citada Obra, por un monto fi nal de S/. 3 616 769,93, incluido impuestos; Que, mediante Resolución Directoral N° 053-2012- EM/DGER de fecha 26 de marzo de 2012 se aprobó la Liquidación Final del Proyecto de la Obra antes señalada, que estableció un monto fi nal a la fecha de transferencia de S/. 4 149 084,90, incluido impuestos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas a través de la (DEP) hoy Dirección General de Electrifi cación Rural, es el organismo competente en materia de electrifi cación rural; Que, del mismo modo el artículo 18° de la Ley 28749 concordante con el artículo 53° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o en su defecto a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA; Que, mediante Informe N° 032-2012-MEM/DGER/ DPR-JER, de fecha 03 de abril de 2012, se señaló que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER que conforman el proyecto señalado en los considerandos precedentes, se realizará a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., por la suma de S/. 4 149 084,90, según el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra N° 012-2010-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 3 689 105,33, b) Contrato de Supervisión de Obra N° 011-2010-MEM/DGER, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 389 209,22, c) Servidumbre, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 59 430,35, y d) Elaboración del Expediente Técnico, cuyo monto ajustado a la fecha de transferencia asciende a la suma de S/. 11 340,00; Que, el Director de Proyectos con el visto bueno de la Jefatura de Energías Renovables, mediante Memorándum N° 195-2012-MEM/DGER/DPR, de fecha 04 de abril de 2012, señala que el expediente de transferencia fue elaborado en concordancia con la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, en tal sentido solicita a la Jefatura de Administración y Finanzas efectúe la conciliación contable correspondiente, la misma que se realizó el 09 de abril de 2012, según lo informado en el Memorándum N° 179-2012-MEM/DGER-JAF; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 011-2009-EM y N° 042-2011- EM; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; la Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM,