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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (12/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de junio de 2012 468192 Estando a las consideraciones antes señaladas y de conformidad a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- Apruébese la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Puente Piedra el cual consta de 138 páginas, y que forma parte integrante de la presente ordenanza, los mismos que deberán publicarse en su integridad en la página web: www.munipuentepiedra.gob.pe, asimismo la presente Ordenanza se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Administración Financiera, y a la Gerencia del Ambiente. Artículo Tercero.- Encargar la difusión de la presente Ordenanza a la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones y a la Secretaría General su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DONATO DÍAZ AYALA Alcalde (P) 799932-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Modifican el Decreto de Alcaldía Nº 016-2012-ALC/MVES que establece el Cronograma de Actividades del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2012-ALC/MVES Villa El Salvador, 6 de junio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR Visto: El Decreto de Alcaldía Nº 016-2012-ALC/MVES, de fecha 17 de mayo del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, ésta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 016-2012- ALC/MVES, de fecha 17 de mayo del 2012, se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2013, Basado en Resultados de la Municipalidad de Villa El Salvador, el mismo que establece en su anexo 1, que; “La Apertura del Libro: Inscripciones de Agentes Participantes”, se desarrolle desde el 23 de mayo hasta el 07 de junio del 2012; al respecto, se ha considerado conveniente ampliar dicho plazo hasta el 13 de junio del año en curso; Estando a lo solicitado, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 1) y 6) del artículo 20º así como el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Anexo 01 del Decreto de Alcaldía Nº 016-2012-ALC/MVES, que establece el Cronograma de Actividades del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2013, Basado en Resultados de la Municipalidad de Villa El Salvador; Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y Ofi cina de Participación Ciudadana; así como su publicación a la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 799720-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 ORDENANZA N° 005 La Punta, 6 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión ordinaria de 6 de junio de 2012 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: El Informe Nº 040-2012-MDLP/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley, debiendo promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la Gestión Pública, según lo determina el Artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y