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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (12/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de junio de 2012 468194 Pedro correspondiente al año 2012, de acuerdo a la Unidad Impositiva Tributaria vigente y los porcentajes determinados para cada puesto y/o módulo, según el detalle siguiente: AUTORIZACION UIT S/.3,650.00 DERECHO S/. Puesto de Vivandera con venta de licor 30% 1,095.00 Juegos de Azar 11.84% 432.00 Juegos de Fulbito por puesto 11,84% 432.00 Venta de picarones, frituras, anticuchos, etc. 2.96% 108.00 Venta de champús, arroz con leche, mazamorra, etc. 2.96% 108.00 Promociones de Centros Educativos, Juntas vecinales y organizaciones sociales sin fi nes de lucro o análogos 1.51% 55.00 Artesanía 2.96% 108.00 JUEGOS MECÁNICOS DESCRIPCION UIT S/.3,650.00 Por m2 Abonará por m2. Además del Impuesto de Ley 0.20% 7.30 El uso de la Explanada de la Playa de Chorrillos- Huacho, para la instalación de juegos mecánicos, se otorgara previo proceso de evaluación de los expedientes presentados. La ocupación de la Explanada de la Playa de Chorrillos será mediante módulos: Área 40 m2. Para Vivanderas (de 5ml x 8ml) Área 16 m2. Para Artesanías (de 4ml x 4ml) Área 4 m2. Para la venta de Picarones, Frituras, Anticuchos, postres (dulces), venta de vinos y otros. (de 2ml x 2ml) Para los juegos mecánicos, el área de ocupación de la vía pública, será la que utilicen dichos juegos. Los requisitos a presentar para la autorización de un puesto en la Explanada de la Playa de Chorrillos por la Festividad de San Pedro serán las siguientes: PARA PUESTOS - Solicitud - Copia del D.N.I. del solicitante - Carnet de Sanidad (vivanderas) - Declaración Jurada de compromiso de venta de licor limitado y cumplimiento a las recomendaciones de la Ofi cina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaura, caso contrario estará sujeto a las sanciones respectivas y/o retiro inmediato. - Los puestos de vivandera o puestos de venta de alimentos deben de cumplir con las medidas sanitarias respectivas, que garanticen la higiene y conservación de los alimentos. - La evaluación será según fecha de presentación de los expedientes presentados. - En caso de personas jurídicas, deberá adjuntarse su personería jurídica. PARA JUEGOS: - Solicitud - Copia del D.N.I. del dueño o representante de la Empresa - Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento a las recomendaciones de la Ofi cina de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Huaura, caso contrario estará sujeto a las sanciones respectivas y/o retiro inmediato. - La evaluación será según fecha de presentación de los expedientes presentados, calidad de juegos, estado de conservación y a la modernidad. - En caso de personas jurídicas, deberá adjuntarse su personería jurídica. En el caso del Puerto de Huacho los kioscos que se ubiquen deberán de pagar un derecho por autorización por ocupación de vía pública de S/.5.00 nuevos soles por m2. Artículo Segundo.- Aprobar el periodo improrrogable de veintiocho (28) días consecutivos, a partir del 13 de Junio al 10 de Julio de 2012, para uso y ocupación de la vía pública de la Playa de Chorrillos y Puerto de Huacho por la Festividad de San Pedro. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Administración General y Economía, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Administración Tributaria, Ofi cina de Fiscalización Tributaria, Ofi cina de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal, a fi n que los usuarios cumplan con abonar los derechos correspondientes antes de su ubicación. Artículo Cuarto.- La autorización para uso temporal y/o área ocupación de las vías pública es individual e intransferible, debiéndose presentar una declaración jurada simple, señalando que no registra adeudos con la Municipalidad Provincial de Huaura y que no está representando a terceros. Se prohíbe toda clase de subcontratación. Artículo Quinto.- La Autorización Municipal para la ocupación del área a que se refi eren los artículos precedentes será expedida por la Gerencia de Servicios Públicos, previa verifi cación de los pagos realizados y de los cumplimientos de los requisitos establecidos. Artículo Sexto.- No se aceptará monopolio de ninguna persona natural, ni persona jurídica, siendo el otorgamiento de las ubicaciones de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad municipal vigente, los mismos que es individual e intransferible. Artículo Sétimo.- Establézcase la zona de estacionamiento vehicular en la Playa de Chorrillos, en los espacios identifi cados y señalados habilitados para tal fi n, a partir de las 09:00 hasta las 23:00 horas de lunes a domingo, abonando por tal concepto la tasa inmediata de S/.2.00 nuevos soles, para que el vehículo permanezca estacionado, encargándose del cobro respectivo a la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo Octavo.- Encárguese a la Ofi cina de Recaudación y Control, para que en coordinación con las ofi cinas competentes, emita al despacho de Alcaldía en un plazo de 15 días útiles, contados a partir del día siguiente de culminado el período otorgado para el uso y ocupación de la vía pública, materia del presente Decreto, un informe detallado sobre la recaudación obtenida durante la festividad del Apóstol San Pedro, con conocimiento de la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Administración Tributaria, Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas. Artículo Noveno.- Encárguese a la Gerencia de Administración General y Economía, Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Económico, Ofi cina de Planeamiento Tributario y Orientación al Contribuyente, Ofi cina de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento de la presente norma municipal, así como a la Ofi cina de Logística la publicación correspondiente. Artículo Décimo.- Déjese sin efecto legal toda norma o disposición que se oponga al presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 799742-1