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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (18/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de junio de 2012 468621 Comercio Exterior - VUCE, vienen trabajando en una solución informática para la facilitación del Comercio, constituyendo la Firma Digital un factor de seguridad y confi abilidad para los Certifi cados de Origen; en tal sentido, el Perú presentará los avances que se vienen desarrollando en el proceso de la Certifi cación de Origen, dando a conocer las ventajas de la VUCE al respecto, la forma de interrelacionarse con otros países y las siguientes etapas que se realizarán en el componente Origen de la VUCE respecto al proceso de Certifi cación de Origen en el marco de la ALADI; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje del señor Michael Manuel Pérez Cáceres, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Montevideo, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; así como programar y ejecutar acciones concernientes a la agenda comercial de los diferentes esquemas de integración y la promoción comercial, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Michael Manuel Pérez Cáceres, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Montevideo, República Oriental de Uruguay, del 19 al 22 de junio de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en Reunión de Coordinadores Nacionales en Materia de Certifi cación de Origen Digital (COD), a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 810,30 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Pérez Cáceres presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 801983-1 DEFENSA Nombran a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas como el Administrador del Sistema de Información y Monitoreo del Tráfico Acuático “SIMTRAC” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1378-2011/DCG Callao, 16 de diciembre del 2011 Visto, el Decreto Supremo Nº 008-2011-DE de fecha 8 de julio del 2011, mediante el cual se creó el Sistema de Información y Monitoreo del Tráfi co Acuático (SIMTRAC). CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Identifi cación y Monitoreo del Tráfi co Acuático “SIMTRAC”, creado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2011-DE de fecha 8 de julio del 2011, tiene como objetivo permitir la determinación de la posición y operación de las naves, a fi n de contar con un instrumento efectivo de control en los ámbitos marítimo, fl uvial y lacustre, que incluye la navegación, el acceso, permanencia y salida de los buques ubicados en los puertos, fondeaderos y aguas de soberanía y jurisdicción nacionales; así como, los de bandera nacional que se encuentren navegando fuera del ámbito acuático del Perú; Que, el Artículo 7º del Decreto Supremo antes indicado, establece que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, mediante Resolución Directoral podrá establecer las disposiciones que resulten necesarias para la mejor aplicación del reglamento del sistema en mención; Que, el Artículo 5º del Reglamento del Sistema de Identificación y Monitoreo del Tráfico Acuático “SIMTRAC”, establece que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su calidad de Autoridad Marítima Nacional, designará mediante Resolución Directoral, al Administrador de este sistema; Que, el Artículo 7º del Reglamento citado en el párrafo anterior, establece las responsabilidades del Administrador del Sistema de Información y Monitoreo del Tráfi co Acuático “SIMTRAC”; De conformidad con lo opinado por el Director de Asuntos Internacionales y Normativa y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: 1.- Nombrar a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas como el ADMINISTRADOR del Sistema de Información y Monitoreo del Tráfi co Acuático “SIMTRAC”. 2.- La Comandancia de Operaciones Guardacostas dispondrá lo necesario para el debido cumplimiento de las responsabilidades que el Decreto Supremo Nº 008-2011-DE, su Reglamento y demás normas complementarias establezcan. Regístrese y comuníquese como Documento Ofi cial Público (DOP). CARLOS TEJADA MERA Director General de Capitanías y Guardacostas 802573-1