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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2012 (06/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de marzo de 2012 462078 que formalice la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Contando con la visación de la Gerencia General, Gerencia Legal y de la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 001 SUNARP Sede Central, a transferir la cantidad de S/.8 972 938,00 (Ocho Millones Novecientos Setenta y Dos Mil Novecientos Treinta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), provenientes de los recursos fi nancieros, partida del ingreso 1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Ofi cina General de Administración. Artículo 2°.- DISPONER La Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 001 SUNARP Sede Central, informará a este Despacho el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ESPINOZA ESPINOZA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 759711-2 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman la Cuarta Sala Civil de Lima y designan juez provisional del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 150-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de marzo del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 078059-2012, el doctor Carlos Giovani Arias Lazarte, Juez Superior integrante de la Cuarta Sala Civil de Lima, solicita se le conceda licencia por motivo de capacitación para participar en el “Primer Programa para la Acreditación de Docentes de la Academia de la Magistratura”, los días 05 al 07 y del 26 al 30 de marzo del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no alterar el normal desarrollo de la Cuarta Sala Civil de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora JUANA MARÍA TORREBLANCA NÚÑEZ, Juez Titular del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional de la Cuarta Sala Civil de Lima, a partir del 06 al 07 de marzo del presente año, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Cuarta Sala Civil de Lima Dr. Andrés Carbajal Portocarrero Presidente Dr. Rafael Eduardo Jaeger Requejo (T) Dra. Juana María Torreblanca Núñez (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor LUIS ALBERTO GAVANCHO CHÁVEZ, como Juez Provisional del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, a partir del 06 al 07 de marzo del presente año, por la promoción de la doctora Torreblanca Núñez. Artículo Tercero.- Dejándose sin efecto cualquier ofi cio que contravenga con la presente resolución. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL