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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2012 (06/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de marzo de 2012 462068 de febrero de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a las ciudades de Seúl, Yeosu y Ulsan, en la República de Corea y Tokio, Japón, del 08 al 13 de marzo de 2012, para participar en el III Mecanismo de Consultas Políticas de Alto Nivel Perú – Corea y en la preparación de la Visita Ofi cial del Señor Presidente de la República del Perú, don Ollanta Moisés Humala Tasso, a la República de Corea y al Japón: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores; y, • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola, Director General de Asia y Oceanía. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 5,655.00 260.00 6+2 2,080.00 Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola 5,655.00 260.00 6+2 2,080.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 759741-1 Nombran Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0235-RE-2012 Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 020-2002-RE, se crean las Ofi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial, y el aprovechamiento efi ciente en las zonas concernidas de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, por necesidad del Servicio, se requiere nombrar al Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tumbes; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento Decreto Supremo N° 130-2003- RE; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009- RE; el Decreto Supremo Nº 020-2002-RE; el Decreto Supremo N° 181-2002-EF, la Resolución Ministerial N° 0579-2002-RE; la Resolución Ministerial Nº 0737-2004- RE; la Resolución Ministerial N° 1142-2002-RE y su modifi catoria la Resolución Ministerial N° 0366-2009-RE; y la Resolución Ministerial N° 00695-2002-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alfredo Antonio Tejeda Samamé, Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa, a partir del 01 de abril de 2012. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 759749-1 Autorizan viaje de funcionario a la República Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0236-RE-2012 Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Perú concede particular importancia a la relación bilateral con la República Argentina y a su fortalecimiento a través de la revisión de los temas prioritarios de la agenda común; Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, realizará una Visita Ofi cial a la República Argentina, el 24 de febrero de 2012, contexto en el cual sostendrá una serie de encuentros bilaterales con altas autoridades de dicho país; Que, resulta necesaria la participación de un funcionario de la Cancillería en los distintos encuentros bilaterales que sostenga el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores durante su gira; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) Nº DGA0187/2012, de la Dirección General de América, de 24 de febrero de 2012; y (OPR) N° OPR0121/2012 de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 28 de febrero de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la