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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de marzo de 2012 462063 Designan representantes del Ministerio ante el Directorio de la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0073-2012-AG Lima, 2 de marzo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 036-2012-AG-DM de fecha 02 de febrero de 2012 del Señor Ministro de Agricultura, y la Carta Nº 100-GG-EMMSA-2012 de fecha 21 de febrero de 2012, del Gerente General de la Empresa de Municipal de Mercados S.A. - EMMSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Escritura Pública de fecha 18 de abril de 1980, otorgada ante la Notario del Dr. Cesar Torres Kruger, se constituyó la Empresa de Mercados Mayoristas S.A. – EMMSA, modifi cándose sus estatutos mediante Escritura Pública de fecha 06 de octubre de 1998, adecuándose a la Ley de General de Sociedades, como una empresa municipal de derecho privado, bajo la modalidad de Sociedad Anónima Cerrada, siendo sus acciones y patrimonio de la Municipalidad Metropolitana de Lima, gozando de autonomía económica y administrativa; La misma que se encuentra inscrita en la fi cha registral Nº 20716 del Registro Mercantil de Lima; Que, en el artículo Vigésimo Tercero del Estatuto de la referida Empresa, se determinó que podrán integrar su Directorio, entre otros, un máximo de dos (02) representantes del Ministerio de Agricultura, por invitación; Que, posteriormente mediante Escritura Pública, de fecha 09 de marzo de 2004, otorgada ante la Notario del Dr. Cesar Torres Kruger, se modifi có, entre otros, la denominación de la Empresa de Mercados Mayoristas S.A. a Empresa Municipal de Mercados S.A.; Que, mediante el Ofi cio del Visto el Gerente General de la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA, solicita la designación de los representantes del Ministerio de Agricultura ante dicha Empresa; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente designar a los citados representantes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG, y la Ley Nº 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 21 de febrero de 2012, a los señores Julio César Paz López y Enrique Javier Aldave García del Barrio, como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Directorio de la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 759727-4 Aprueban Disposiciones para la Emisión del Certificado aplicable a los Contingentes Arancelarios otorgados por Japón, en el marco del Acuerdo de Asociación Económica suscrito con el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0074-2012-AG Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, para fortalecer y ampliar las relaciones comerciales con el Japón, se han suscrito el “Acuerdo de Asociación Económica entre la República del Perú y Japón” y el “Acuerdo de Implementación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Japón conforme al artículo 16 del Acuerdo de Asociación Económico entre la República del Perú y Japón”, los cuales entrarán en vigencia el 1 de marzo de 2012; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- MINCETUR, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 13 de febrero de 2012, se han puesto en ejecución los citados acuerdos; Que, Japón ha otorgado a la República del Perú contingentes arancelarios que serán implementados a través de un Certifi cado expedido por la Autoridad emisora de la Parte exportadora; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2012- MINCETUR, se ha precisado que se entenderá como Autoridad emisora de la Parte exportadora, para los efectos del artículo 2 de la sección 3 de la parte 2 del anexo 1 del “Acuerdo de Asociación Económica entre la República del Perú y Japón”, al Ministerio de Agricultura, entidad que ejercerá dicha función a través de la Dirección General de Competitividad Agraria, quien se encargará de adoptar las disposiciones pertinentes para la adecuada emisión de los Certifi cados a que se refi ere el mencionado artículo; Que, conforme a los artículos 12° y 14° del Decreto Legislativo Nº 668, el Estado garantiza el derecho de toda persona natural o jurídica a realizar operaciones de comercio exterior sin prohibiciones ni restricciones para- arancelarias de ningún tipo, que afecten la importación y exportación de bienes, con excepción de los que se derivan de los convenios internacionales suscritos por el país; Que, resulta necesario establecer disposiciones para la Emisión del Certifi cado, en el marco del Acuerdo de Asociación Económica suscrito por ambos países; Que, conforme a lo establecido en el literal g) del artículo 51 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por el Decreto Supremo 031-2008-AG, corresponde a la Dirección General de Competitividad Agraria facilitar el acceso de los productores agrarios a los mercados nacionales e internacionales en concordancia con los procesos de negociaciones comerciales internacionales lideradas por el sector comercio exterior y turismo; Que, conforme con el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1036 la Ventanilla Única de Comercio Exterior, VUCE es el sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a través de medios electrónicos los trámites requeridos por las entidades competentes de acuerdo con la normatividad vigente, o solicitados por dichas partes, para el tránsito, ingreso o salida del territorio nacional de mercancías; De conformidad con el artículo 118, numerales 1) y 8) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación Apruébense las Disposiciones para la Emisión del Certifi cado aplicable a los Contingentes Arancelarios otorgados por Japón en el marco del “Acuerdo de Asociación Económica entre la República del Perú y Japón”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Publicación Publíquese, en la misma fecha, la Resolución Ministerial y las Disposiciones para la Emisión del Certifi cado aplicable a los Contingentes Arancelarios otorgados por Japón en el marco del “Acuerdo de Asociación Económica entre la República del Perú y Japón en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en la página web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe).