Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2012 (09/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2012

de Rentas; sobre la necesidad de establecer el Regimen de Incentivos para el pago de los Arbitrios Municipales, Impuesto Predial, Vehicular, Espectaculos Publicos No Deportivos y Multas Tributarias a favor de los administrados de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Organica de Municipalidades). Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que el articulo 41 del Codigo Tributario, establece: "Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administre. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo". Que, el Programa de Modernizacion Municipal (PMM) y el Plan de Incentivos para la mejora de la Gestion Municipal (PI) se crean con la finalidad de impulsar reformas que permitan lograr el crecimiento y el desarrollo sostenible de la economia local y la mejora de su gestion, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y mejora de la competitividad. El objetivo principal es incentivar a los gobiernos locales para que se modernicen y avancen hacia un enfoque por resultados. Que, las Municipalidades que cumplan con las metas se les transferiran recursos. Los mecanismos de incentivos constituyen excelentes vias para alinear objetivos y estrategias entre las diversas entidades del Estado, a nivel central y local. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, debe de cumplir lo estipulado por el Ministerio de Economia y Finanzas, el que senala que la recaudacion para el Primer Semestre del Ejercicio en vigencia debera ser la mitad mas el 4% de lo recaudado el periodo anterior, ascendiendo a la suma de S/. 1´320,646.60. Que, es politica de la Municipalidad Provincial de Huaral, coadyuvar a mejorar la calidad de MORDAZA de sus contribuyentes; estableciendo incentivos tributarios, que estimulen el pago voluntario de las obligaciones tributarias, teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de MORDAZA de los vecinos de Huaral; y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 021-2011-MPH, en el Articulo 17º establece que son Atribuciones del Concejo Municipal las establecidas en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 9º, 13º, 14º y siguientes de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime de los Senores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establezcase el Regimen de Incentivos para el pago de los Arbitrios

Municipales, Impuesto Predial, Vehicular, Espectaculos Publicos No Deportivos y Multas Tributarias; a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, cuyo objeto es: "Reducir los niveles de morosidad, aplicables a las deudas, contraidas y/o por contraer con la Municipalidad Provincial de Huaral. Articulo 2º.- VIGENCIA.- El periodo de vigencia de la presente Ordenanza sera por 45 dias utiles, contados a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º DESESTIMIENTO DE RECLAMACIONES.El acogimiento a la presente Ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnacion pendientes de Resolucion, genera presuncion para la Administracion Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, enviandose dichos expedientes a su archivamiento definitivo. CAPITULO II DEL IMPUESTO PREDIAL, VEHICULAR, ESPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS Y MULTAS TRIBUTARIAS Articulo 4º.- ALCANCE DEL REGIMEN DE INCENTIVOS.- El regimen de incentivos dispuesto en el Articulo 1º comprende: Las deudas pendientes o las que se generen en las vias ordinaria y coactiva: por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Impuesto al Patrimonio Vehicular; Espectaculos Publicos No Deportivos y Multas Tributarias por omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y/o Impuesto Vehicular. Articulo 5º.- DE LAS DEUDAS PENDIENTES.- A las deudas senaladas en el Articulo 4º se les condonara los intereses moratorios, factor de reajuste, gastos y costas procesales de acuerdo a los criterios siguientes: A) Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Espectaculos Publicos No Deportivos y Arbitrios Municipales 1) Condonacion del 100% de intereses moratorios y factor de reajuste. 2) Condonacion del 100% de los Gastos y Costas Procesales. B) Multas Tributarias por omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y/o Vehicular 1) Condonacion del 100% de intereses moratorios. 2) Condonacion del 100% de la obligacion principal. El pago o condonacion de la Sancion Tributaria no exime al administrado de cumplir con la obligacion pendiente. No podran acogerse a la presente Ordenanza, las Multas que se encuentren en MORDAZA de reclamacion judicial y/o administrativo, salvo que presenten el escrito de desistimiento. CAPITULO III DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Articulo 6º.- DEL REGIMEN GENERAL DE INCENTIVOS.- A las deudas generadas por Arbitrios Municipales se le condonara el porcentaje de la obligacion principal de acuerdo a los siguientes criterios: A) Arbitrios Municipales correspondiente a ejercicios anteriores al 2006 1) Condonacion del 50% de la obligacion principal. B) Arbitrios Municipales ejercicios 2009, 2010 y 2011 correspondiente a los

1) Condonacion del 25 % de la obligacion principal.

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